ELGUETA/SERVICIO DE SALUD DE RELONCAVÍ
Rol
Fecha
14 de junio de 2023
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: El mérito de los antecedentes, que el término para duplicar no empezado a correr por no haberse conferido aún traslado por el tribunal, por lo que mal puede acusarse su rebeldía, sin perjuicio de la pertinencia de mantener la tramitación conjunta la etapa de discusión del procedimiento hasta su agotamiento, antes de dar inicio a la etapa de conciliación en la causa, y teniendo presente además lo establecido por los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma en lo apelado la resolución en alzada de fecha 10 de mayo de 2023, escrita a folio 21. No firman el Ministro suplente don Francisco del Campo Toledo y la Fiscal Judicial doña Mirta Zurita Gajardo, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo en la presente causa, por haber cesado en su cometido funcionario y por encontrarse con licencia médica, respectivamente. Devuélvase. Rol Civil 582-2023.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, catorce de junio de dos mil veintitrés Vistos: El mérito de los antecedentes, que el término para duplicar no empezado a correr por no haberse conferido aún traslado por el tribunal, por lo que mal puede acusarse su rebeldía, sin perjuicio de la pertinencia de mantener la tramitación conjunta la etapa de discusión del procedimiento hasta su agotamiento, antes de dar inicio a la etapa
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