SIN INFORMACION

BUSTOS GODOY ANGELO SMIKL/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEL MINISTERIOR DEL INTERIOR

Rol

Fecha

14 de junio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que Omaira Isabel Peláez Suárez y Alejandra Quintero Moros, abogadas, en representación de Ángelo Smikl Bustos Godoy, ciudadano colombiano, interponen recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber rechazado su solicitud de regularización migratoria y haber decretado el abandono del país de manera ilegal y arbitraria a través de la Resolución Exenta N° 23115291 de fecha 20 de abril de 2023. Exponen que el amparado ingresó al país en el mes de mayo de 2018, por paso habilitado, en calidad de turista. Que mediante sentencia definitiva de fecha 26 de abril de 2022, en causa RIT: 3700-2019 RUC: 1901074476-0 del Quinto Juzgado de Garantía de Santiago el amparado fue condenado como autor del delito de lesiones graves, en grado de consumado, perpetrado el día 6 de octubre de 2019, en la comuna de Lo Prado, a la pena de sesenta y un (61) días de presidio menor en su grado mínimo y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. Agrega que al ser sancionado, se le otorgó la pena sustitutiva de remisión condicional, la cual está cumplida por informe de egreso de Gendarmería de 22 de mayo de 2023 y que fue certificado por el tribunal a quo de 23 de mayo pasado. Pese a lo anterior, refiere que mediante la Resolución Exenta N° 23115291 de fecha 20 de abril de 2023 del Servicio Nacional de Migraciones, se rechazó su solicitud de regularización migratoria y decretó el abandono del país del amparado, don Angelo Smikl Bustos Godoy, en atención a que no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 8° transitorio de la Ley N° 21.235 y la Resolución Exenta N° 1769 de 2021, por cuanto presenta antecedentes negativos en Chile, específicamente, por la causa anteriormente individualizada. Lo anterior, pese a que la pena ya está cumplida. Argumenta que el amparado tiene residencia estable en la comuna de Estación Central, donde habita con su señora y el hijo de ambos de 2 añ

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido por Ángelo Smikl Bustos Godoy, y en contra Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-1461-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, catorce de junio de dos mil veintitrés. A los folios 5, 8 y 9; a todo, téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que Omaira Isabel Peláez Suárez y Alejandra Quintero Moros, abogadas, en representación de Ángelo Smikl Bustos Godoy, ciudadano colombiano, interponen recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber rechazado su solici

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