SAMPEUR/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
14 de junio de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero. Guerline Sampeur, haitiana, recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, quien aún no ha emitido pronunciamiento sobre su permiso de permanencia definitiva, solicitado el 13 de enero de 2022, estimando vulnerada su garantía del artículo 19 N°2 de la Constitución Política, igualdad ante la ley. Sostiene que tal omisión es arbitraria e ilegal, pues infringe la ley 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos y carece de justificación razonable. Concluye solicitando que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre su petición, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho. Segundo. Atendida la demora en la presentación del informe del recurrido, por resolución de 8 de junio se decidió prescindir de este. Sin perjuicio de lo anterior, mediante presentación de 13 de junio, el Servicio Nacional de Migraciones, opuso excepción de cosa juzgada atendida la existencia de otro recurso interpuesto ante la Corte de Apelaciones Valparaíso, Rol 4151–2023, del que el recurrente de desistió. En subsidio, se limitó a solicitar que se declare la inadmisibilidad del recurso, por no existir privación, perturbación ni amenaza de las garantías del recurrente, pues mantiene una situación migratoria regular, pudiendo hacer ingreso y egreso del país sin limitaciones y transitar libremente por este, contando, además, con cédula de identidad para extranjeros. Agrega que la acción de protección una vía eficaz para resolver este asunto y que el recurrente no cuenta con un derecho indubitado. En subsidio de lo anterior, opuso excepción de falta de legitimidad pasiva, señalando que se ha limitado a actuar de conformidad a la normativa vigente. Tercero. En este caso, no existe controversia respecto de que el recurrente solicitó su permiso de permanencia definitiva el 13 de enero de 2022 y que, hasta la fecha del informe, dicha petición no había sido resuelta por el Servicio
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se acoge, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Guerline Sampeur, haitiana, sólo en cuanto se dispone que el Servicio Nacional de Migraciones deberá emitir el pronunciamiento que corresponda respecto de la solicitud del recurrente, dentro de noventa días corridos. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-613-2023. En Valdivia, catorce de junio de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Foja: 0 Cero C.A. de Valdivia Valdivia, catorce de junio de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero. Guerline Sampeur, haitiana, recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, quien aún no ha emitido pronunciamiento sobre su permiso de permanencia definitiva, solicitado el 13 de enero de 2022, estimando vulnerada su garantía del artículo 19 N°2 de la Constit
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