2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

SUAZO/CARRIZO

Rol

Fecha

14 de junio de 2023

Materia

PRESTACIONES

Resultado

ABANDONADO RECURSO

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Hechos

Vistos: Con el mérito de la constancia entregada por el señor relator, quien para estos efectos es Ministro de Fe, y de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 481 del Código del Trabajo, se declaran abandonados los recursos de nulidad deducidos por las partes demandadas Transportes Ruta Norte SpA y Transportes del Sur SpA, y el deducido por la demandada Transportes e Inversiones San Ignacio limitada, en contra de la sentencia definitiva de cuatro de noviembre de dos mil veintidós dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en causa RIT O-6965-2021. Regístrese y comuníquese. N°Laboral - Cobranza-3633-2022. Pronunciada por la Duodécima Sala, integrada por el Ministro señora Dobra Lusic Nadal, la Fiscal Judicial señora Javiera Verónica González Sepulveda y la Abogado Integrante señora Magaly Carolina Correa Farías.

Fallo

se declaran abandonados los recursos de nulidad deducidos por las partes demandadas Transportes Ruta Norte SpA y Transportes del Sur SpA, y el deducido por la demandada Transportes e Inversiones San Ignacio limitada, en contra de la sentencia definitiva de cuatro de noviembre de dos mil veintidós dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en causa RIT O-6965-2021. Regístrese y comuníquese. N°Laboral - Cobranza-3633-2022. Pronunciada por la Duodécima Sala, integrada por el Ministro señora Dobra Lusic Nadal, la Fiscal Judicial señora Javiera Verónica González Sepulveda y la Abogado Integrante señora Magaly Carolina Correa Farías.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, catorce de junio de dos mil veintitrés. A los folios 3 y 4: a todo, téngase presente. Vistos: Con el mérito de la constancia entregada por el señor relator, quien para estos efectos es Ministro de Fe, y de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 481 del Código del Trabajo, se declaran abandonados los recursos de nulidad deducidos por las partes dem

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