SIN INFORMACION

PEDRO MUÑOZ CASTRO/ LUIS ALFREDO MUÑOZ CASTRO

Rol

Fecha

12 de junio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero. Pedro Aliro Muñoz Castro, obrero, domiciliado en Quilquilco Alto, comuna de Los Lagos, deduce recurso de protección en contra de Luis Alfredo Muñoz Castro, de quien no señala profesión u oficio, domiciliado en el mismo sector, señalando que el recurrido angostó el camino de acceso a su domicilio, de tal manera que le hace imposible transitar para abastecerse de mercadería para su consumo y de sus animales, vulnerando sus garantías del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Refiere que mediante un acto firmado ante notario –cuya copia no acompaña- una comunidad hereditaria conformada por cinco herederos, entre los que se encuentran las partes, habría acordado mantener como servidumbre un camino de seis metros de ancho, lo que no ha sido respetado por el recurrido. Acompaña una denuncia ante carabineros, fundada en los mismos hechos. Segundo. Se requirió informe al recurrido, siendo notificado personalmente los días 5 y 21 de mayo de este año. Puesto que no informó en el plazo estipulado, por resolución de 2 de junio se decidió prescindir de dicho informe y traer los autos en relación. Tercero. En este caso, no existe antecedente alguno tendiente a acreditar el dominio del actor respecto del predio que señala como su domicilio, ni respecto de la efectividad de que exista una servidumbre de paso por el predio del recurrido, ni que el respectivo camino haya sido angostado por este hasta tal punto de impedir el tránsito del recurrente. Cuarto. En consecuencia, no es posible determinar mediante este procedimiento breve y cautelar la existencia del derecho del recurrente ni la efectividad de un acto ilegal o arbitrario de parte del recurrido, no apreciándose la necesidad de la intervención urgente de esta Corte, por lo que la acción de protección debe ser rechazada. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso d

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve: Que se RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Pedro Aliro Muñoz Castro en contra de Luis Alfredo Muñoz Castro. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° Protección-447-2023.

Texto Completo (Preview)

Valdivia, doce de junio de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: Primero. Pedro Aliro Muñoz Castro, obrero, domiciliado en Quilquilco Alto, comuna de Los Lagos, deduce recurso de protección en contra de Luis Alfredo Muñoz Castro, de quien no señala profesión u oficio, domiciliado en el mismo sector, señalando que el recurrido angostó el camino de acceso a su domicilio, de tal manera que l

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