1º JUZGADO CIVIL DE VALDIVIA

INMOBILIARIA POWER CENTER LIMITADA/INMOBILIARIAE INVERSIONES MALL PLAZA DE LOS RIOS LTDA

Rol

Fecha

12 de junio de 2023

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: En cuanto al recurso de apelación deducido por el apoderado de la parte demandante, en subsidio de un recurso de reposición, en contra de la resolución de 15 de septiembre de 2022, que fijó los puntos de prueba, pide eliminar el primer punto que señala: Efectividad que los demandados efectuaron prácticas continuas y sistemáticas que configuran acciones de competencia desleal, en la construcción del Mall Paseo Valdivia. Hechos que la constituyen. Atento a que la acción de indemnización de perjuicios se sustenta en una sentencia judicial firme que resolvió, entre otras circunstancias, que los demandados incurrieron en prácticas de competencia desleal de aquellas descritas en el artículo 4° letra g) de la LCD, esto es, el ejercicio abusivo de acciones judiciales y administrativas, con la finalidad de entorpecer la operación de un agente del mercado, lo que generó un incremento injustificado e innecesario de los costos de los demandantes, quienes debieron distraer recursos para defenderse de acciones ejercidas abusivamente, además de generarse un retardo en la calendarización del Mall Paseo Valdivia y como consecuencia de lo anterior una desviación antijurídica de clientela. En este escenario, los hechos voluntarios e ilícitos de los demandados como sus consecuencias dañosas fueron declarados actos de competencia desleal en sede judicial y no son controvertidos, razón que se estima suficiente para acoger el recurso, en este acápite y eliminar el primer punto de prueba En cuanto al recurso de apelación deducido por el apoderado de la parte demandada, en subsidio de un recurso de reposición, en contra de la misma resolución de 15 de septiembre de 2022, que fijó los puntos de prueba, pide modificar los puntos 2), 3), 4) y añadir un quinto punto, petición que será denegada, por considerarse que las circunstancias que se intentan añadir no se consideran pertinentes, sustanciales y controvertidos. En cuanto al recurso de apelación deducido por la demandante en con

Fundamentos

motivos y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 227 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de quince de septiembre de dos mil veintidós, que fijó los puntos de prueba, sólo en cuanto a que se elimina en punto 1, quedando los demás sin cambios. Se confirman las otras resoluciones apeladas. Cada parte asume sus costas. Redacción del Ministro Titular señor Juan Ignacio Correa Rosado. Devuélvase. Rol N° 125, 539 y 540-2023 acumulados.

Texto Completo (Preview)

Valdivia, doce de junio de abril de dos mil veintitrés. Visto: En cuanto al recurso de apelación deducido por el apoderado de la parte demandante, en subsidio de un recurso de reposición, en contra de la resolución de 15 de septiembre de 2022, que fijó los puntos de prueba, pide eliminar el primer punto que señala: Efectividad que los demandados efectuaron prácticas continuas y sistemáticas que

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