SOTO/RHINOS CONSTRUCTORA SPA
Rol
Fecha
9 de junio de 2023
Materia
SUBTERFUGIO
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Que se sustanciaron estos autos RIT O-4818-2020, ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados “Soto con Rhinos Constructora SPA”, correspondiente a una demanda despido indirecto, nulidad de despido, declaración de unidad económica, declaración de co-empleador, declaración de relación laboral y cobro de prestaciones. Por sentencia definitiva de fecha trece de julio de dos mil veintidós, dictada por el juez titular Eduardo Ramírez Urquiza, se resolvió acoger la demanda de declaración de único empleador respecto a todas las demandadas y condenarlas solidariamente a remuneraciones y cotizaciones adeudadas, además de feriado proporcional; rechazando, en lo que interesa al recurso, la demanda de despido indirecto y por consiguiente la de nulidad de despido; sin costas. Contra las acciones desestimadas, la demandante interpuso recurso de nulidad, haciendo valer la causal del artículo 477, por infracción de ley, del artículo 162 en relación al 171, todos del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso, se procedió a la vista del mismo, oportunidad a la que asistió sólo la recurrente y fueron escuchados sus alegatos.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: La demandante invoca como única causal la de infracción de ley del artículo 477 del Código del ramo, dirigiéndose contra aquella parte del
Fallo
fallo que rechazó el despido indirecto y nulidad de despido, por considerar que no se cumplieron las formalidades legales establecidas al efecto. Funda su pretensión, aseverando que el juez habría incurrido en una errónea interpretación y aplicación del artículo 162 en relación al 171 del Código del ramo. Refiere que, al momento de fundamentar su razonamiento el tribunal alude a que la carta de despido indirecto finalmente no ha sido enviada al empleador actual del demandante, lo cual ha derivado en la inobservancia de las formalidades legales que establecen las normas aludidas. No obstante, arguye que la misiva fue remitida a la empresa “Rhinos Fábrica SPA”, RUT N° 76.302.997-2, correspondiente al empleador original del demandante en el inicio de la relación laboral que finaliza por el despido indirecto. Sostiene que es el propio sentenciador, quien se percata que la razón social señalada posteriormente fue modificada, habiendo mantenido el domicilio del empleador actual del actor; señalando que, a mayor abundamiento, en el Informe de Unidad Económica, dentro de las empresas que fueron fiscalizadas en la presente causa, figura el RUT de la empresa que fue el empleador del demandante y al cual se remitió la carta de despido indirecto, pero con su razón social modificada, evidenciando que esto es un modus operandi de la demandada empleadora actual, quien cambiaba constantemente tanto de razón social como de RUT, con el fin de eludir obligaciones asumidas de diferente natur
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4 Santiago, nueve de junio de dos mil veintitrés. VISTO: Que se sustanciaron estos autos RIT O-4818-2020, ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados “Soto con Rhinos Constructora SPA”, correspondiente a una demanda despido indirecto, nulidad de despido, declaración de unidad económica, declaración de co-empleador, declaración de relación laboral y cobro de prestaciones.
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