SIN INFORMACION

MIGUEL ANGEL MARTINEZ SANDOVAL/11°JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

9 de junio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece la defensora penal pública doña María Iris Bittner Santander a favor de Miguel Ángel Martínez Sandoval, imputado de 62 años sometido a prisión preventiva en el Centro de Detención Preventiva Santiago Uno, para recurrir de amparo en contra de la juez señora Verónica Elena Vázquez Henríquez del 11º Juzgado de Garantía de Santiago, pues arguye que se ocasionó la afectación ilegal y lesiva de su derecho a la libertad personal y seguridad individual tutelado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, con la resolución de 30 de mayo último, pronunciada en la causa RIT 2773-2023, que negó lugar a su solicitud de suspender el procedimiento y aplicar lo dispuesto en el artículo 458 del Código Procesal Penal y por el contrario, lo sometió a prisión preventiva tras formalizarse investigación en que se le atribuye autoría en delitos consumados de amenazas no condicionales en contexto de violencia intrafamiliar y violación. Afirma que invocó los certificados médicos de 14 de septiembre y 2 de octubre de 2022 en los que se diagnosticó esquizofrenia en el imputado. Hace presente, no obstante, que el tribunal negó lugar a su solicitud tras revisar autónomamente la carpeta electrónica del proceso RIT 3572-2020 del mismo tribunal, a la que se agregó el informe del Instituto Psiquiátrico José Horwitz Barak de 5 de enero de 2022, en que se consignó: “...trastorno del desarrollo intelectual leve y deterioro neurocognitivo leve...” – lo que consideró no constitutivo de enajenación mental, sin perjuicio que se ofició igualmente al Servicio Médico Legal para evaluar sus facultades mentales y peligrosidad a fin de resolver lo que corresponda en su oportunidad. Reprocha el actuar denunciado calificándolo como excesivo y contrario a la imparcialidad que debió observar el tribunal al resolver sobre el particular, en especial, si se tiene presente su rol de garante de derechos fundamentales de los intervinientes, por lo

Fallo

Por estas consideraciones, lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y en el auto acordado sobre tramitación del recurso de amparo, se rechaza el recurso de amparo interpuesto por el imputado Miguel Ángel Martínez Sandoval. Acordada con el voto en contra del abogado integrante señor Misseroni, quien estuvo por acoger la presente acción constitucional, por cuanto en el curso del procedimiento se acompañaron antecedentes que permiten acreditar, al menos en principio, la inimputabilidad por enajenación mental del imputado, consistentes en certificados médicos con diagnóstico de esquizofrenia, en cuya virtud el juez a quo debió ordenar la suspensión del procedimiento hasta tanto no se remita el informe que contempla el artículo 458 del Código Procesal Penal. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°383-2023 Amparo.

Texto Completo (Preview)

Dejo constancia que alegaron por el recurso la abogada María Iris Bittner Santander y en contra de éste la abogada Yelica Lusic Nadal. San Miguel, 9 de junio de 2023. San Miguel, nueve de junio de dos mil veintitrés. A los folios 6 y 7: Téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece la defensora penal pública doña María Iris Bittner Santander a favor de Miguel Ángel Martíne

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