SIN INFORMACION

MONCADA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLIC

Rol

Fecha

8 de junio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INCOMPETENTE

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: 1° Que el recurso de protección se ha dirigido en contra del Servicio Nacional de Migraciones, indicándose como domicilio de la recurrente, calle Tucapel N° 510, comuna de Coyhaique y, de la recurrida, calle San Antonio N° 580, comuna de Santiago, Región Metropolitana. 2° Que del certificado de Receptor Judicial, de folio 13, consta que no existe la numeración de la calle, indicada como domicilio de la recurrente, y que ésta no es persona conocida. 3° Que el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre el Recurso de Protección, dispone en su numeral 1, que debe interponerse ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o incurrido en la omisión arbitraria o ilegal, o donde estos hubieren producido sus efectos. 4° Que, en consecuencia, no concurre ninguna de las hipótesis que al efecto regula el Auto Acordado respectivo en su numeral 1 y que permitan determinar que esta Corte de Apelaciones resulta competente para conocer del recurso. Por estas reflexiones y visto lo dispuesto en la norma citada, esta Iltma. Corte de Apelaciones de Coyhaique se declara INCOMPETENTE para conocer de estos antecedentes. Notifíquese y, en su oportunidad, archívese. Rol N° 115-2023 (Protección).

Fallo

Por estas reflexiones y visto lo dispuesto en la norma citada, esta Iltma. Corte de Apelaciones de Coyhaique se declara INCOMPETENTE para conocer de estos antecedentes. Notifíquese y, en su oportunidad, archívese. Rol N° 115-2023 (Protección).

Texto Completo (Preview)

Coyhaique, ocho de junio de dos mil veintitrés. Con la cuenta del señor Relator. VISTOS: 1° Que el recurso de protección se ha dirigido en contra del Servicio Nacional de Migraciones, indicándose como domicilio de la recurrente, calle Tucapel N° 510, comuna de Coyhaique y, de la recurrida, calle San Antonio N° 580, comuna de Santiago, Región Metropolitana. 2° Que del certificado de Receptor Jud

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica