SIN INFORMACION

COMPLEJO TURÍSTICO ANDINO LTDA./ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ANTOFAGASTA

Rol

Fecha

8 de junio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece Marisol Fernández Guerra, abogada, en representación del Complejo Turístico Andino Ltda., persona jurídica de derecho privado, representada legalmente por Antonio Sierra Osinaga, ambos domiciliados para estos efectos, en Balneario El Huáscar S/N, Antofagasta, quien deduce recurso de protección en contra de la I. Municipalidad de Antofagasta, persona jurídica de derecho público, representada por Jonathan Velásquez Ramírez, ambos con domicilio en esta ciudad, Avenida Séptimo de Línea N°3505, Antofagasta, por su actuar arbitrario e ilegal consistente en rechazar la renovación de las patentes de alcoholes roles N°4001312 y N°4002100, mediante la dictación del Decreto Alcaldicio N°605/2023 de fecha 17 de marzo de 2023, vulnerando así las garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 N°2, 21 y 24 de la Constitución Política de la República, solicitando dejar sin efecto el decreto, retrotrayendo todo lo actuado por el municipio recurrido, hasta antes de la dictación del Decreto Alcaldicio primigenio N°126/2023 y ordenar a la Municipalidad de Antofagasta dictar el decreto respectivo que disponga la renovación de las patentes roles N°4001312 y N°4002100, para el primer semestre del año 2023, con costas. Informa la recurrida instando por el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que funda su recurso en que su representada es contribuyente y titular de las patentes municipales para operar establecimientos de expendio de alcoholes, en el inmueble ubicado en Balneario El Huáscar S/N, roles N°4001312 y N°4002100, las que fueron otorgadas y renovadas sucesivamente desde hace veintinueve años, pagándose el impuesto semestral correspondiente en la Tesorería hasta el segundo semestre del año 2022. Alega que con fecha 31 de enero de 2023 se dictó el Decreto Alcaldicio N°126/2023, mediante el cual la autoridad comunal dispuso el rechazo de la renovación de las patentes de alcoholes, a nombre de su representada, roles N°4001312 y 4002100, en virtud de las atribuciones otorgadas en el artículo 65, letra ñ) de la Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades y lo informado en su Oficio CM N°030/2023, del 30 de enero de 2023, decisión amparada, según se indica, en el decreto antes referido, en la sola circunstancia que: “constituidos en la dirección solicitada por el Departamento de Rentas el local comercial perteneciente al Complejo Turístico Andino Ltda. RUT N°78.414.260-4, se encontraba cerrado y cabe señalar que se realizaron visitas en horarios distintos no obteniendo respuesta alguna para poder realizar la fiscalización solicitada por el Departamento de Rentas y Finanzas, de conformidad a las atribuciones otorgadas en el artículo 65, letra ñ) de la Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades y lo informado en su Oficio CM N°030/2023, del 30 de enero de 2023, (...)” Sostiene que, producto del perjuicio que la decisión de la autoridad comunal provoca y especialmente por la falta de fundamentación del acto administrativo, interpone un recurso de reposición, solicitando dejar sin efecto el referido decreto y que se apruebe la renovación de sus patentes de alcohol para el primer semestre del año 2023, para seguir así desarrollando su actividad económica. Plantea que con fecha 17 de marzo de 2023, la autoridad comunal rechaza el recurso de reposición interpuesto, mediante el Decreto Alcaldicio 605/2023, sin dar mayores fundamentos que aquellos expuestos en el Decreto Alcaldicio N°126/2023. Afirma que el actuar de la I. Municipalidad de Antofagasta resulta ilegal y arbitrario, ya que esta no ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 11 y 41 de la Ley N°19.880, esto es, el deber de fundamentar su decisión materializada tanto en el Decreto Alcaldicio N°126/2023, de fecha 31 de enero de 2023, como en Decreto Alcaldicio N°605/2023, de fecha 17 de marzo de 2023. Aduce que la Ordenanza de Alcoholes, N°01/2015, del 29 de mayo de 2015 actualmente vigente, en su Párrafo 2°, artículos 29 y siguientes, que refieren a la denegación de la renovación de patentes de Alcoholes, establece tres hipótesis, en la cuales no figura el hecho de que las patentes no podrán ser renovadas cuando no se pueda realizar una fiscalización atendido al hecho que el establecimiento se encuentre cerrado, único mot

Fallo

Por estas consideraciones y atendido además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Marisol Fernández Guerra, abogada en representación del Complejo Turístico Andino Ltda., en contra de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta. Regístrese y comuníquese. Rol N°1397-2023 (Protección)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, ocho de junio de dos mil veintitrés. VISTOS: Comparece Marisol Fernández Guerra, abogada, en representación del Complejo Turístico Andino Ltda., persona jurídica de derecho privado, representada legalmente por Antonio Sierra Osinaga, ambos domiciliados para estos efectos, en Balneario El Huáscar S/N, Antofagasta, quien deduce recurso de protección en contra de la I. Municipalidad de

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