19º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

PRADENAS/CANAL 13 SA

Rol

Fecha

9 de junio de 2023

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que conforme lo dispone el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, la apelación debe contener la formulación de peticiones concretas y los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho en que ésta se apoya, siendo de máxima importancia esta obligación ya que definen el asunto que debe ser conocido en el Tribunal de Alzada, atendida la característica rectificación o enmienda que singulariza al recurso de marras. Que la apelación de fecha veintidós de marzo del año en curso, carece de peticiones concretas, no resultando suficiente la enunciación de las objeciones que se plantean frente a la resolución emanada del Tribunal a quo, razón por la cual y atendido lo establecido en el párrafo precedente, el recurso de apelación no puede prosperar. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, con fecha veintidós de marzo de dos mil veintitrés, en contra de la sentencia definitiva de dieciséis de febrero del presente año. Regístrese y comuníquese. N°Civil-5033-2023.

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chv C.A. de Santiago (Sala Tramitadora). Santiago, nueve de junio de dos mil veintitrés. Por recibidos los antecedentes, y con el mérito de lo certificado con fecha veintiséis de abril pasado, se tiene por cumplido lo ordenado. Al folio N°3: Estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que conforme lo dispone el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, la apelación debe cont

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