MP.C/ LUCAS VICENTE FERNANDO MOSCOSO LUCERO.
Rol
Fecha
8 de junio de 2023
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Oídos los intervinientes y teniendo presente que en el actual estadio procesal se observan antecedentes suficientes que permiten dar por acreditados los presupuestos materiales establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación a los delitos materia de la formalización de la investigación y la eventual participación del imputado en los mismos, esta Corte estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la naturaleza y gravedad de los ilícitos, pena probable, bienes jurídicos protegidos, la existencia de antecedentes penales pretéritos por delitos de la misma naturaleza y la circunstancia que se encontraba cumpliendo con una pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva al momento de la ocurrencia de los hechos, de conformidad a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Y visto además con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código antes aludido, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de seis de junio del año en curso, por el 15° Juzgado de Garantía de Santiago y en su lugar se declara que se decreta la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Lucas Vicente Fernando Moscoso Lucero. El señor Juez a quo deberá disponer las medidas pertinentes para su cumplimiento. Acordada con el voto en contra del abogado integrante señor Cruz quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, en razón de sus propios fundamentos. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. Rol N° 1690-2023-Penal
Fallo
se declara que se decreta la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Lucas Vicente Fernando Moscoso Lucero. El señor Juez a quo deberá disponer las medidas pertinentes para su cumplimiento. Acordada con el voto en contra del abogado integrante señor Cruz quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, en razón de sus propios fundamentos. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. Rol N° 1690-2023-Penal
Texto Completo (Preview)
San Miguel, ocho de junio de dos mil veintitrés. Sala: Primera Rol Corte: 1690-2023-PENAL Ruc: 2300328057-8 Rit: 1104-2023 15° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Ministro de fe: Andrea Corvalán Sáez Ministerio Público: Darío Patricio Sanhueza De la Cruz Defensor: Herman Jorge Apablaza Cruz Imputado: LUCAS VICENTE FERNANDO MOSCOSO LUCERO Tipo de Recurso: Apelación de medida cautelar Escritos proveíd
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