VÁSQUEZ VÁSQUEZ, JOSÉ ALFREDO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (1°SEMESTRE DE 2023)
Rol
Fecha
8 de junio de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece CARLA FRANCESCA ZUÑIGA MEJIAS, abogada, presentando acción constitucional de amparo en favor de JOSE ALFREDO VASQUEZ VASQUEZ, en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional pronunciada el día 06 de abril 2023. Expone que el amparado fue condenado a la pena única de 12 años por el delito lesiones graves gravísimas; registra en Gendarmería de Chile como inicio de cumplimiento de condena el día 18 de junio de 2014, estimándose como fecha de término el día 18 de junio de 2026, por lo que su fecha de tiempo mínimo para optar a Libertad Condicional se produce con fecha 18 de junio del año 2020. Añade que el amparado ha tenido una conducta intrapenitenciaria evaluada con calificación máxima de “MUY BUENA” desde hace más de 9 bimestres anteriores a su proceso de postulación. Aduce que su representado es una persona que durante su cumplimiento de condena y poco después de su ingreso al centro retomo sus estudios medios los cuales se encuentra cursados, además de haber realizados diversos cursos en el marco de su desarrollo del plan de intervención, así como que no ha sufrido sanción alguna, quien además debido a su arraigo social y familiar cuenta con una promesa de trabajo que realizar una vez que recobre su libertad, además de ser postulado a los beneficios contemplados en la ley 19.856, reduciendo posiblemente el saldo de su condena a unos cuantos meses,
Fallo
por tanto, a juicio de la recurrente cumpliéndose a cabalidad los requisitos terceros y cuarto del decreto ley 321. En este entendido el amparo constitucional deducido viene a ser el medio idóneo en este caso concreto, pues su representado se encuentra privado de libertad con infracción a lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 321 sobre Libertad Condicional modificado por la Ley 21.124 de 18 de enero de 2019, toda vez que su representado cumple a cabalidad con cada uno de los requisitos para optar a la libertad condicional. Lo cierto es que no se ha evaluado correctamente sus avances y así dar estricto cumplimiento a lo expresado en el artículo 1 del D.L. Nº 321, pues la mayor parte del proceso de evaluación se centra en sus características personales anteriores y la condena que cumple. Por otro punto, destaca que a su representado se le ha realizado una pericia Psicosocial, en la cual se señala en las conclusiones suscrita por la evaluadora la Psicóloga Paula San Antonio González que el amparado cuenta con importante arraigo familiar, social, como también con una promesa de trabajo, y que se manifiesta un bajo nivel de reincidencia. Por estas consideraciones solicita dejar sin efecto la resolución emitida por la Comisión Libertad Condicional del territorio jurisdiccional de La Serena, correspondiente al Primer semestre año 2023, que procedió a denegar la solicitud de Libertad Condicional ya señalada y se proceda finalmente a otorgarla, restableciendo así el imperio del derech
Texto Completo (Preview)
Vasquez Vasquez, José Alfredo Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N° 232-2023.- La Serena, ocho de junio de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece CARLA FRANCESCA ZUÑIGA MEJIAS, abogada, presentando acción constitucional de amparo en favor de JOSE ALFREDO VASQUEZ VASQUEZ, en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional pronunciada e
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