FIGUEROA/ZANBERK
Rol
Fecha
6 de junio de 2023
Materia
ARRENDAMIENTO DEVOLUCIÓN GARANTÍA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el numeral 9° del artículo 8 de la Ley N°18.101 "sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación", naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandante con fecha dos de mayo pasado, en contra de la resolución dictada con fecha veintiséis de abril de dos mil veintitrés. Comuníquese. N°Civil-8167-2023.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandante con fecha dos de mayo pasado, en contra de la resolución dictada con fecha veintiséis de abril de dos mil veintitrés. Comuníquese. N°Civil-8167-2023.
Texto Completo (Preview)
kom C.A. de Santiago Santiago, seis de junio de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el numeral 9° del artículo 8 de la Ley N°18.101 "sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación", naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta v
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