5º JUZGADO CIVIL DE VALPARAISO

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO LAUTARO ROSAS LIMITADA/ESPÍNOLA

Rol

Fecha

1 de junio de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, las facultades que tiene el juez a quo según lo establecen los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil, que las objeciones sobre el monto de la ejecución son materia de las excepciones que puede oponer el ejecutado, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de dieciocho de abril de dos mil veintitrés, dictada por el Quinto Juzgado Civil de Valparaíso, en los autos rol NºC-29-2023, la que se deja sin efecto. Por las mismas razones se anula también el párrafo tercero de la resolución dictada el nueve de enero de dos mil veintitrés, así como las palabras “y tercero” del párrafo segundo de la resolución dictada el doce de enero del presente año. En virtud de ello, se dispone que juez a quo no inhabilitado dé curso a la demanda, como en derecho corresponda. Notifíquese y devuélvase vía interconexión. N°Civil-1324-2023.

Texto Completo (Preview)

Jepv. C.A. de Valparaíso. Valparaíso, uno de junio de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, las facultades que tiene el juez a quo según lo establecen los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil, que las objeciones sobre el monto de la ejecución son materia de las excepciones que puede oponer el ejecutado, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 186

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