GUEVARA/MULTIHASAR OPERACIONES SPA Y OTRO
Rol
Fecha
31 de mayo de 2023
Materia
REMUNERACIONES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: Por sentencia de veinticuatro de febrero de dos mil veintitrés dictada en el rol N° 653-2022, procedimiento monitorio, seguido ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, se condenó a la demandada MULTIHASAR OPERACIONES SPA, al pago de la indemnización sustitutiva de aviso previo, por la suma de $615.249; de la indemnización por años de servicio ascendente a $1.230.498., con el recargo legal de 30 %; al pago de las remuneraciones de 9 días de junio de 2022 por un monto de $185.574; y por concepto de feriado a la suma de $738.299. Asimismo se declara que la demandada SODIMAC S.A. responderá subsidiariamente de todas las obligaciones antes referidas. En contra de la referida resolución recurre de nulidad doña María Ignacia Cortés Pérez, en representación de SODIMAC S.A., invocando la causal prevista en la letra e) del artículo 478 del Código del Trabajo, en relación con el N°4 del artículo 459 del mismo cuerpo legal. En subsidio, invoca la de infracción de ley prevista en el artículo 477 del código citado en relación con el artículo 172 de la misma norma legal. Solicita se anule la sentencia y se dicte una de reemplazo, para la causal principal, fijando una duración menor de la relación laboral; y respecto de la subsidiaria, se disminuya el monto de la última remuneración para efecto del cálculo de las indemnizaciones propias del despido injustificado,
Fundamentos
Considerando: 1° Que en un primer capítulo del recurso se denuncia que la sentencia incurrió en el vicio de nulidad previsto en la letra e) del artículo 478 del Código del Trabajo, por haber omitido analizar parte de la prueba rendida en el juicio y el razonamiento que condujo a dar por establecidos los hechos, lo que resulta contrario a lo dispuesto en el artículo 459 N°4 del Código citado. Explica que la sentencia omitió y no analizó diversos documentos presentados por su parte y que carece de la argumentación necesaria relativa a la determinación de la extensión de la relación laboral y los días trabajados en el mes de junio del año 2022. 2° Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 501 del Código del Trabajo, en los juicios monitorios, como es del caso, en la sentencia definitiva no es necesario explicitar las menciones contenidas en el N°4 del artículo 459 citado, por lo que la resolución recurrida no pudo incurrir en el vicio denunciado. En efecto, si no es obligatorio para el juez analizar en su
Fallo
se declara que la demandada SODIMAC S.A. responderá subsidiariamente de todas las obligaciones antes referidas. En contra de la referida resolución recurre de nulidad doña María Ignacia Cortés Pérez, en representación de SODIMAC S.A., invocando la causal prevista en la letra e) del artículo 478 del Código del Trabajo, en relación con el N°4 del artículo 459 del mismo cuerpo legal. En subsidio, invoca la de infracción de ley prevista en el artículo 477 del código citado en relación con el artículo 172 de la misma norma legal. Solicita se anule la sentencia y se dicte una de reemplazo, para la causal principal, fijando una duración menor de la relación laboral; y respecto de la subsidiaria, se disminuya el monto de la última remuneración para efecto del cálculo de las indemnizaciones propias del despido injustificado, Considerando: 1° Que en un primer capítulo del recurso se denuncia que la sentencia incurrió en el vicio de nulidad previsto en la letra e) del artículo 478 del Código del Trabajo, por haber omitido analizar parte de la prueba rendida en el juicio y el razonamiento que condujo a dar por establecidos los hechos, lo que resulta contrario a lo dispuesto en el artículo 459 N°4 del Código citado. Explica que la sentencia omitió y no analizó diversos documentos presentados por su parte y que carece de la argumentación necesaria relativa a la determinación de la extensión de la relación laboral y los días trabajados en el mes de junio del año 2022. 2° Que de conformida
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Vim. C.A. de Valparaíso Valparaíso, treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés. Visto: Por sentencia de veinticuatro de febrero de dos mil veintitrés dictada en el rol N° 653-2022, procedimiento monitorio, seguido ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, se condenó a la demandada MULTIHASAR OPERACIONES SPA, al pago de la indemnización sustitutiva de aviso previo, por la suma de $615.2
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