JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE TALCA

SUSARTE CON JURIDICA

Rol

Fecha

30 de mayo de 2023

Materia

REAJUSTES E INTERESES

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: En causa Rol ingreso Corte N° 598-2022, que incide en causa RIT N° Q-300-2022, del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, el abogado de la demandada don CRISTIAN ASSADI CUBILLOS, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha 29 de septiembre del año 2022, dictada por el magistrado don Juan Marcelo Bruna Parada, juez del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, que acogió la demanda deducida por don JAISON FABIÁN SUSARTE ELGUETA, en contra de CONSTRUCTORA NUEVOS AIRES S.A., representada por don Francisco Javier Herrera Fardes, declarándose que el despido del actor fue injustificado, por lo que la demandada le deberá pagar las siguientes prestaciones: a) Incremento legal del articulo 168 letra a) del Código del Trabajo, la suma de $1.047.009. b) La restitución de lo descontado por concepto de seguro de cesantía, la suma de $607.046, con intereses y reajustes en la forma que lo disponen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. c) Que condenó en costas a la parte demandada por haber perdido en juicio y se regularon las costas personales en la suma de $500.000, ordenando tasar las procesales, si las hubiere. Admitido y concedido el recurso por el respectivo Tribunal y, declarado admisible por esta Corte, se fijó audiencia para su vista, la que se llevó a efecto el día 6 de abril pasado.

Fundamentos

CONSIDERANDO Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que el recurrente interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia antes dicha, con el objeto de que esta Iltma. Corte de Apelaciones, conociendo del mismo, lo acoja por las siguientes causales de nulidad, alegadas una en subsidio de la otra, a saber, las contenidas en las siguientes disposiciones legales: i. artículos 477, en relación con el inciso 2º del N° 1 del artículo 454, ambos del Código del Trabajo. ii. artículos 456, en concordancia al 478 letra b), las dos disposiciones del Código del Trabajo. iii. artículos 477 del Código del Trabajo, en relación con los 13 y 52 de la ley 19.728 y 161 del Código del Trabajo. Concretamente pide a esta Iltma. Corte, que acoja en todas sus partes tales causales, según sean procedentes, anule la sentencia de primera instancia, y en consecuencia rechace la demanda interpuesta, todo con expresa condena en costas. SEGUNDO: El recurrente funda el recurso en la causal prevista en el artículo 477, esto es, cuando la sentencia definitiva se hubiere dictado con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del

Fallo

fallo y ello, en relación con el 454 N° 1, ambos del Código del Trabajo. Fundamenta el motivo esgrimido en el considerando undécimo de la sentencia, en que el sentenciador analiza la carta de despido, y la cita expresamente: “La racionalización de la mano de obra dado la reestructuración organizacional de la obra ‘Valles de Lircay I, 320 Departamentos’ en la cual usted se desempeña como operador de retroexcavadora y se prescinde de sus servicios”. Agrega el fallo que ello es un hecho genérico, carente de contenido fáctico, para lo cual contrasta tal texto con las siguientes piezas obrantes en el proceso: 1) contestación de la demanda, lo declarado en estrados por 2) el testigo Gabriel Pinedo Gajardo y 3) el testigo Álvaro González Ayala. Al respecto el recurrente sostiene que no alegó hechos distintos en la contestación de la demanda, solamente se explayó respecto a los mismos hechos ya invocados en la comunicación del despido, pues tal carta, no puede contener ni la extensión ni el detalle propio de un escrito judicial, lo que vulneraría inciso 2º del N° 1 del artículo 454 del Código del Trabajo, que señala: “No obstante lo anterior, en los juicios sobre despido corresponderá en primer lugar al demandado la rendición de la prueba, debiendo acreditar la veracidad de los hechos imputados en las comunicaciones a que se refieren los incisos primero y cuarto del artículo 162, sin que pueda alegar en el juicio hechos distintos como justificativos del despido.” Sostiene que la in

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Talca, treinta de mayo de dos mil veintitrés. VISTO: En causa Rol ingreso Corte N° 598-2022, que incide en causa RIT N° Q-300-2022, del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, el abogado de la demandada don CRISTIAN ASSADI CUBILLOS, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha 29 de septiembre del año 2022, dictada por el magistrado don Juan Marcelo Bruna Parada, juez d

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