BANCO FALABELLA CON SEGUNDO LICANQUEO CID
Rol
Fecha
29 de mayo de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y correspondiendo acceder a la petición del apelante y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veintiuno de marzo de dos mil veintitrés, dictada por el 1° Juzgado Civil de Puente Alto y se dispone que el tribunal a quo deberá oficiar a las instituciones individualizadas por el ejecutante, a fin de que informen posibles domicilios registrados del ejecutado. Devuélvase Rol N° 647-2023-Civ
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintinueve de mayo de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y correspondiendo acceder a la petición del apelante y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veintiuno de marzo de dos mil veintitrés, dictada por el 1° Juzgado Civil de Puente Alto y se dispone que el tribunal a quo deberá oficiar a
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica