SIN INFORMACION

ROZAS GONZALEZ REINALDO SEGUNDO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

29 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Reinaldo Segundo Rozas González, mediante formulario, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina 1, quien recurre de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, por el acto que estima como ilegal consistente en la resolución adoptada por la recurrida de rechazarle el beneficio de libertad condicional al que postuló, correspondiente al primer semestre del año en curso, en virtud con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República. SEGUNDO: Que, informando doña Ana María Osorio Astorga, Ministra, Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, señaló que se resolvió rechazar por mayoría la concesión del beneficio pretendido, correspondiente al primer semestre del año 2023. Destacó que, si bien el amparado cumple con las exigencias de tener muy buena conducta y tiempo mínimo de condena, la resolución de la comisión razonó en el sentido del informe de Postulación Psicosocial acompañado por Gendarmería, que en lo pertinente avizora que el amparado tiene factores de riesgo de reincidencia que precisamente desaconsejan dar lugar al beneficio de la libertad condicional. La resolución de rechazo señaló: “(…) entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que, si bien tiene bajo compromiso delictual, posicionándose en estado de preparación para la acción. Se encuentra a la espera de ingreso a programa y se sugiere la supervisión y acompañamiento de motivación al cambio. Cabe señalar que la situación referida, confrontada con la evaluación sicosocial correspondiente a su postulación a la libertad condicional el 2° semestre del año 2022, se mantienen prácticamente sin cambios, lo que demuestra, por ahora, escasas posibilidades del postulante para reinsertarse adecuadamente en la sociedad e impiden tener por probado avances en su proceso de reinserción social, como lo

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del Decreto Ley N° 321 de 1925, 12 del Decreto N° 338 de 2019, ambos del Ministerio de Justicia; 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se acoge el recurso de amparo deducido en favor de Reinaldo Segundo Rozas González en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago y, en consecuencia, se declara que se le concede al aludido amparado el beneficio de la libertad condicional. Dese inmediata orden de libertad en favor del amparado antes aludido, si no estuviese privado de libertad por causa diversa, comunicándose lo resuelto al Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I de Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Amparo N° 1241-2023. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por los Ministros señora Graciela Gómez Quitral, señora Verónica Cecilia Sabaj Escudero y el Abogado Integrante señor Rodrigo Asenjo Zegers. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintinueve de mayo de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

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C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de mayo de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Reinaldo Segundo Rozas González, mediante formulario, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina 1, quien recurre de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, por el acto

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