SIN INFORMACION

VELOZO VILLEGAS MANUEL ANGEL/QUINTA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO

Rol

Fecha

29 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INCOMPETENCIA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1) Que, de acuerdo a los antecedentes que obran en la causa, aparece que se recurre de amparo contra la resolución dictada con fecha veintitrés de mayo del año en curso, por la Quinta Sala de esta Corte, que declaró abandonado el recurso de nulidad intentando con fecha veintinueve de abril de dos mil veintitrés, en contra de la sentencia dictada por el Quinto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago en causa RIT 21-2023, RUC 2100629717-7; 2) Que, representando la Quinta Sala a la Corte, no puede admitirse éste por la misma Corte de que forma parte esa Sala, por consiguiente, debe operar la regla de subrogación entre Cortes de Apelaciones que establece el artículo 216 del Código Orgánico de Tribunales en relación con el artículo 66 inciso segundo del mismo cuerpo legal; 3) Que, conforme a las normas legales citadas, dicha subrogación corresponde a la Corte de Apelaciones de San Miguel, que es la que resulta competente para conocer de este asunto. En mérito de lo expuesto y de lo dispuesto en los artículos 66 y 216 del Código Orgánico de Tribunales, artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se declara se declara incompetente esta Corte para conocer de la acción deducida, ordenándose la remisión de los antecedentes a la Iltma. Corte de Apelaciones de San Miguel para conocimiento y resolución. Atendida la naturaleza cautelar de esta acción, comuníquese lo resuelto por la vía más rápida N°Amparo-1297-2023.

Fallo

En mérito de lo expuesto y de lo dispuesto en los artículos 66 y 216 del Código Orgánico de Tribunales, artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se declara se declara incompetente esta Corte para conocer de la acción deducida, ordenándose la remisión de los antecedentes a la Iltma. Corte de Apelaciones de San Miguel para conocimiento y resolución. Atendida la naturaleza cautelar de esta acción, comuníquese lo resuelto por la vía más rápida N°Amparo-1297-2023.

Texto Completo (Preview)

cmos C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de mayo de dos mil veintitrés. Proveyendo al folio N° 1: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1) Que, de acuerdo a los antecedentes que obran en la causa, aparece que se recurre de amparo contra la resolución dictada con fecha veintitrés de mayo del año en curso, por la Quinta Sala de esta Corte, que declaró abandonado el recurso d

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