C.A. de Santiago

MARMOLEJOS YANIRI CONTRA DELEGACION PRESIDENCIAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

Rol

22449-2022

Fecha

28 de junio de 2022

Materia

Criminal

Resultado

CONFIRMA SENTENCIA APELADA

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Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: 1º.- Que, según aparece del mérito de los antecedentes la amparada Yaniri Marmolejos, ingreso de manera irregular al país, lo que motivó la denuncia correspondiente realizada por la entonces Intendencia, hoy Delegación Presidencial de la Región Metropolitana, al Ministerio Público por el delito cometido, desistiéndose de ella, para luego decretar su expulsión del país mediante la Resolución Exenta número 462 de 11 de marzo de 2020. 2º.- Que, entonces, y aun cuando fuere efectivo el hecho del ingreso clandestino de la extranjera, pese a que aquello no se ha establecido por resolución judicial alguna, el decreto se funda en normas derogadas en virtud de lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley N° 21.325, lo que debe ser interpretado en concordancia con el artículo 18 del Código Penal, pues la Ley eximió de pena el ingreso clandestino al territorio nacional. 3°.- Que, respecto de la amparada debe tenerse además en consideración que la epidemia generada por el virus Covid-19, enfermedad que amenaza la vida y salud individual de la totalidad de la población mundial, misma que no ha sido controlada, además, las persecuciones políticas y dificultades económicas más las carencias sanitarias que padecen en sus países de origen quienes ingresan irregularmente a Chile, las que son de público conocimiento y que incluso, como es sabido, han llevado a naciones, a autorizar, recientemente, visas temporarias a cientos de ciudadanos extranjeros que han acudido hasta sus respectivas fronteras, de modo tal que de mantenerse el decreto de expulsión del territorio nacional de un ciudadano extranjero bajo tales circunstancias, implicaría necesariamente una afectación de la integridad física, psíquica y seguridad personal de los mismos. 4°.- En este sentido, la Declaración de Cartagena de 1984, recoge las Recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, precisando un concepto de refugiado al incluir en él a las personas que han hu

Fundamentos

considerandos tercero a quinto del presente fallo. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, una vez hecho devuélvase. Rol N° 22.449-2022.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiocho de junio de dos mil veintidós. Al escrito folio 51040-2022: téngase presente. Al escrito folio 51191-2022: a lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. Vistos y teniendo únicamente presente: 1º.- Que, según aparece del mérito de los antecedentes la amparada Yaniri Marmolejos, ingreso de manera irregular al país, lo que motivó la denuncia correspondiente

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