JOAQUIN IGNACIO GONZALEZ OVIEDO/SERVICIO DE REGISTRO CIVIL DE IDENTIFICACIÓN DE CHILE
Rol
Fecha
25 de mayo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Comparece JAVIER ANTONIO RUIZ ISLA, abogado, en representación de don JOAQUIN IGNACIO GONZALEZ OVIEDO e interpone recurso de Protección en contra de SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN NACIONAL. Señala que el 12 de febrero del año 2022 en la ciudad de Concepción ante el Notario Público don Ramón García Carrasco se celebra la compraventa, inscrita en su Repertorio N° 208-2022, del vehículo Marca Mazda New CX R 2.0 año 2018 placa patente KKHK 63, N° de chasis JM7DK2W76J1311031, N° de motor PE21012715, compareciendo JOAQUIN IGNACIO GONZALEZ OVIEDO en calidad de comprador y JUAN PABLO RAIMAN DUARTE representado legalmente por JAVIER IGNACIO LANDEROS CARRASCO como vendedor. Ambos comparecientes acuerdan el precio de $8.848.065, que el comprador entera en su totalidad y que el vendedor declara haberlo recibido a su completa conformidad, haciendo la entrega material del vehículo en el acto a JOAQUIN IGNACIO GONZALEZ OVIEDO. Añade que con fecha 18 de febrero del año 2022 se realiza la solicitud de transferencia del vehículo motorizado y es aceptada por el organismo recurrido. Además, consta en certificado de Inscripción y Anotaciones Vigentes en el registro de vehículos motorizados del SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN, obtenido con fecha 26 de septiembre del año 2022, que el automóvil figura a nombre de JOAQUIN IGNACIO GONZALEZ OVIEDO, así como también el padrón Folio 95424220 emitido en misma fecha por dicho servicio. Durante el mes de Mayo del 2022, JOAQUIN IGNACIO GONZALEZ OVIEDO decide publicar en venta el vehículo anteriormente individualizado, a través de redes sociales, acordando un lugar, día y hora para enseñárselo a un potencial comprador, pero es en este momento que su representado se ve envuelto en un procedimiento policial, donde es intervenido por una supuesta causa de receptación, en la cual desconoce el hecho que se le imputa y de la cual nunca fue notificado ni formalizado, no existiendo orden de detención vigente ni ningún ant
Fundamentos
Considerando: 1.- El recurrente, JOAQUIN IGNACIO GONZALEZ OVIEDO, ha denunciado como acto ilegal o arbitrario la decisión del Servicio de Registro Civil e Identificación de dejar sin efecto, sin previa resolución judicial, la inscripción a su favor en el Registro de Vehículos Motorizados, respecto del auto marca Mazda New CX 3 2.0, año 2018, placa patente KKHK 63. 2.- La entidad recurrida, por su parte, sostuvo que por ley está a cargo del Registro de Vehículos Motorizados, encontrándose facultada para rectificar los errores que se cometan en dicha labor y, en uso de esa facultad, dejó en estado de ingreso la solicitud de inscripción a nombre del recurrente, pues dicho automóvil registraba encargo previo por estafa. 3.- De los antecedentes documentales aportados a la causa es factible tener por acreditada la siguiente secuencia fáctica: a).- El vehículo marca Mazda, modelo New CX 3 2.0, año 2018, patente KKHK.63, al mes de febrero de 2022 se encontraba inscrito a nombre de Juan Pablo Raiman Duarte. b).- Con fecha 12 de febrero de 2022, Javier Landeros Carrasco, actuando en representación de Juan Pablo Raiman Duarte (mandato de fecha 11 del mismo mes ante Notaría de Río Bueno), vendió a Joaquín Ignacio González Oviedo el precitado vehículo, quien a su vez solicitó la inscripción, con fecha 18 de febrero de 2022 (N° 2721), en oficina El Mirador del Registro Civil del Bío Bío, obteniendo que ella fuera efectivamente realizada. c).- El vehículo en cuestión mantenía un encargo nacional (N° 463319), de fecha 14 de febrero de 2022, por eventual delito de Estafa, informado por la Policía de Investigaciones, vinculado a la causa RUC 2200171515-5 de la Fiscalía Local de Río Bueno. Posteriormente, el día 9 de mayo de 2022, mediante parte N° 2047, de la Segunda Comisaría de Carabineros de Concepción, se dio cuenta de la detención del recurrente, Joaquín Ignacio González Oviedo, por circular en ese vehículo encargado, imputándosele un delito de receptación. De ello se dio cuenta a la Fiscalía local de Concepción, generándose la causa RUC 2200458937-1, actualmente con archivo provisional. d).- Mediante Orden de Servicio N° 1133, de fecha 4 de octubre de 2022, la entidad recurrida dejó sin efecto tal inscripción, en uso de sus facultades rectificatorias, dejándola en estado de ingresada, en espera de decisión jurisdiccional. 4.- Normativamente es efectivo que el Servicio de Registro Civil está a cargo del Registro Nacional de Vehículos Motorizados (artículo 39 de la Ley 18.290 de Tránsito y artículo 1° del DS 22, de 6 de febrero de 2020, del Ministerio de Justicia, Reglamento del Registro de Vehículos Motorizados), con la finalidad de mantener la historia de la propiedad automotriz y dar publicidad de ella, mediante el registro de las inscripciones, transferencias y anotaciones respecto de vehículos de ese tipo. También es cierto que el artículo 48 de la Ley 18.290 y el artículo 38 del Reglamento antes aludido, prescriben que las rectificaciones de errore
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, SE RECHAZA sin costas la acción constitucional presentada a favor de JOAQUIN IGNACIO GONZALEZ OVIEDO en contra del SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad, archívese. Redacción del ministro Rodrigo Alberto Cerda San Martín. Rol 4840-2023. Protección.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción. Concepción, veinticinco de mayo de dos mil veintitrés. Vistos: Comparece JAVIER ANTONIO RUIZ ISLA, abogado, en representación de don JOAQUIN IGNACIO GONZALEZ OVIEDO e interpone recurso de Protección en contra de SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN NACIONAL. Señala que el 12 de febrero del año 2022 en la ciudad de Concepción ante el Notario Público don Ramón García Ca
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