ESPINAL CASTRO PASTERNIO/POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE - SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
25 de mayo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Carlos Anais Peña y Lillo, abogado, en nombre y representación de Pasternio Espinal Castro, de República Dominicana, quien interpone acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, de la Policía de Investigaciones de Chile, y de quienes resulten responsables, por vulnerar las garantías constitucionales de la libertad y seguridad individual del amparado, consagradas en el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución Política de la República al haberlo detenido el día jueves 18 de mayo de 2023, cerca de las 18:00 horas, por funcionario de Investigaciones de Chile, trasladándolo al cuartel de calle San Francisco 231, comuna de Santiago, donde se le notificó que sería expulsado del país el día domingo a las 07:00 am, por decreto de expulsión vigente que desconocía. En definitiva, pide que se acoja el recurso de amparo, permitiendo con ello el restablecimiento del imperio del derecho, dejando sin efecto la resolución de expulsión y la prohibición de ingreso que ella general. Para fundar su recurso expresa que el amparado ingresó y vive en Chile desde hace más de diez años, y desde su llegada al país se ha preocupado de hacer familia, naciendo sus hijos Raimil y Héctor, de 8 y 9 años. Indica que, de hacerse efectiva la expulsión, sus dos hijos quedarían en la indefensión y abandono pues dependen de su padre para su manutención, lo que pone en riesgo su subsistencia. En cuanto al Derecho, acusa una falta de fundamentación del acto del cual reclama, conforme a lo dispuesto en los artículo 11 y 41 de la ley 19.880, además de ahondar respecto de la garantía constitucional que estima conculcada. Añade que haber sido dictada una orden de expulsión sin el debido emplazamiento supone una infracción al artículo 13 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Sostiene, asimismo, que se ha infringido el artículo 8.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Por otro lado, sostien
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto por Carlos Anais Peña y Lillo en favor de Pasternio Espinal Castro en contra del Servicio Nacional de Migraciones y de Policía de Investigaciones de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1.190-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de mayo de dos mil veintitrés. Al folio 12: a lo principal, y segundo otrosí, téngase presente. Al primer otrosí, a sus antecedentes. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Carlos Anais Peña y Lillo, abogado, en nombre y representación de Pasternio Espinal Castro, de República Dominicana, quien interpone acción constitucional de amparo en contr
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