TRAIPE/COMISION LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
25 de mayo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 19 de mayo del presente año comparece doña PAULINA ROBLES CAMPOS, Defensora Penal Público Penitenciario, domiciliado para estos efectos en calle Carmen 752, oficina 1103, comuna de Curicó, interponiendo Recurso de Amparo en favor de ISAAC JACOB TRAIPE CAYUQUEO, quien actualmente cumple condena en el Centro Penitenciario de Curicó, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por la resolución de 3 de abril del año en curso que denegó conceder la Libertad Condicional del amparado. Refiere que el amparado actualmente cumple una condena de 17 años por delito de robo con homicidio en causa RUC 1000929231-K del Tribunal Oral en lo Penal de Curicó. Explica que inició el cumplimiento de la pena el 8 de octubre de 2010 debiendo terminar el 8 de octubre de 2027. Que su tiempo mínimo fue el 8 de febrero de 2022, y que tiene 6 bimestres de muy buena conducta. Describe que reuniendo los requisitos legales y adquirió el derecho a postular al proceso de Libertad Condicional. Indica que la recurrida, rechazó su solicitud transcribiendo la resolución recurrida. Postula que la decisión de rechazar la libertad condicional es un acto ejecutado por la Comisión de manera ilegal y arbitrario, ya que cumple con el tiempo mínimo, con la conducta intachable y el informe técnico de Gendarmería de Chile. Sostiene que no se han tomado en cuenta avances prosociales en el proceso de reinserción, señalando que: a) Mantiene un riesgo bajo de reincidencia. b) Se ha desempeñado funciones en CET de Cerámica, CET de Panadería y Sección alimentación de internos (rancho). Y desde lo educacional cuenta con enseñanza media cumplida. c) Ha finalizado su plan de intervención. d) Desde el área pares adquiere la capacidad de evaluar los pro y contra de las relaciones de pares criminógenos y de los prosociales. e) Desde el área uso de tiempo libre, se encuentra adquiriendo herramientas que favorezcan el adecuado uso adecuado del tiempo de ocio alejado d
Fundamentos
considerando que presenta recaída en el consumo de alcohol perdiendo beneficios intrapenitenciarios durante el segundo semestre de 2021”. Finaliza concluyendo que, la decisión se adoptó dentro del marco legal que rige en la especie, no existiendo de parte de la Comisión una afectación al derecho a la libertad individual del amparado Traipe Cayuqueo con motivo de la denegación de su solicitud. TERCERO: Que el recurso de amparo procede cuando por un acto ilegal se afecta el derecho a la libertad personal y seguridad individual, de acuerdo con lo previsto en el artículo 21 de la Carta Fundamental. CUARTO: Que, en virtud de lo señalado en los considerandos anteriores, esta Corte de Apelaciones considera que la Comisión obró dentro de la esfera de sus atribuciones legales y en base a los antecedentes personales del amparado. Por su parte, la negativa a otorgarle la libertad condicional se ajusta a los parámetros legales y reglamentarios, entregando su fundamento factico en la decisión que rechaza la libertad condicional solicitada, y que se encuentran reproducidos en el motivo segundo de esta sentencia, de modo que no existe un acto ilegal, atribuible a la Comisión referida, que afecte de manera indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado. Asimismo, el beneficio impetrado, al tenor del artículo 5 del Decreto Ley 321 configura un beneficio que no tiene el carácter de obligatorio en tanto no goza de la naturaleza jurídica de un derecho del amparado. Por otra parte, este arbitrio constitucional no es la vía idónea para la revisión y control de lo actuado por la recurrida.
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en los artículos 19 numero 7 y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto en favor de ISAAC JACOB TRAIPE CAYUQUEO, en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Rol 206-2023/Amparo.
Texto Completo (Preview)
Talca, veinticinco de mayo de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 19 de mayo del presente año comparece doña PAULINA ROBLES CAMPOS, Defensora Penal Público Penitenciario, domiciliado para estos efectos en calle Carmen 752, oficina 1103, comuna de Curicó, interponiendo Recurso de Amparo en favor de ISAAC JACOB TRAIPE CAYUQUEO, quien actualmente cumple condena en el Cent
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