SIN INFORMACION

ARANCIBIA/ISAPRE CRUZBLANCA S.A.

Rol

Fecha

24 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: 1°.- Que con fecha 16 de marzo de 2023 comparece el abogado don Francisco Javier Campos Gavilán, presentando recurso de protección a favor de doña María del Carmen Arancibia Osorio, y en contra de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A, institución de salud previsional, representada por don Francisco Amutio García, por los actos ilegales y arbitrarios cometidos al proceder a su desafiliación ilegal y arbitraria de manera intempestiva, negando la reincorporación y perturbando así el legítimo ejercicio del derecho y garantía constitucional que aseguran los artículos 19 Nº 2, 9 y 24 de la Constitución Política de la República. Para fundar su acción, refiere que doña María del Carmen Arancibia Osorio se encuentra afiliada a Isapre CRUZ BLANCA desde el año 2019, pagando de manera regular sus cotizaciones como trabajadora independiente. Con fecha 28 de febrero de 2023 la Isapre CRUZ BLANCA puso término al contrato de salud de su representada, a contar del mes de marzo de 2023. No siendo notificada al respecto en su domicilio de la amenaza de desafiliación. Hecho del que se enteró al intentar comprar un bono de atención de salud y aparecer como que no tenía sistema de salud. Al comunicarse con la Isapre se le ha informado que la causal de desafiliación sería debido al no pago de cotizaciones de salud. Al solicitar su reincorporación, explicando las circunstancias que le impidieron realizar el pago oportuno, e incluso habiéndose pagado íntegramente la deuda, la Isapre lo ha negado. En relación con la deuda alegada por la Isapre, su representada durante los últimos meses incurrió en mora respecto de las cotizaciones de los meses de noviembre, diciembre y enero pasados debido a problemas de salud de su madre que requirió del cuidado de su representada, y posteriormente debido a los incendios que afectaron la comuna de Coelemu. Señala que, el día 15 de marzo de 2023, su representada realizó el pago íntegro de la deuda por concepto de los meses de noviembre, diciembre, enero y febrero

Fallo

Por tanto, la deuda fue cancelada totalmente. No obstante, ello, la Isapre ha seguido negando su reincorporación a la misma. Es importante señalar que su representada se encuentra actualmente en tratamiento respecto de una trombofilia con aneurisma en observación, lo que le impide cambiarse de plan o de isapre en atención a la cobertura. Adicionalmente, ha debido suspender una cirugía ocular ante la amenaza de quedar privada de cobertura. Que es claro que el actuar ilegal y arbitrario de poner término al contrato de salud de su representada, habiendo pagado la deuda y sin dar cumplimiento a la normativa establecida en la Ley de Isapres obedece únicamente al objetivo económico de la isapre de dejarla sin cobertura médica en atención del alto gasto que supone para la misma su representada. El recurrente estima, los citados actos ilegales y arbitrarios denunciados constituyen privación, perturbación y amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías constitucionales que el artículo 19 de la Constitución Política señala en los números 2, referido a la igualdad ante la Ley; 24, referido al derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales; y número 9, inciso final, consistente en el derecho a elegir el sistema de salud, sea estatal o privado. Así las cosas, el acto arbitrario de la desafiliación de su representada es ilegal por cuanto ha transgredido las normas que regulan la forma en que el legislador ha establecido pa

Texto Completo (Preview)

Chillán, veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés. Visto: 1°.- Que con fecha 16 de marzo de 2023 comparece el abogado don Francisco Javier Campos Gavilán, presentando recurso de protección a favor de doña María del Carmen Arancibia Osorio, y en contra de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A, institución de salud previsional, representada por don Francisco Amutio García, por los actos ilegales y arbitrarios c

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