SALAS/HIPERMERCADO TOTTUS S.A
Rol
C-644-2022
Fecha
7 de abril de 2022
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que con fecha 09 de Febrero de 2022, se ingres la presente causa, v aó í interconexi n, a este tribunal de la especialidad, a objeto de continuar con laó ejecuci n de la conciliaci n celebrada con fecha 12 de Enero de 2022, ante eló ó Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en la causa RIT T-1334-2021, la cual, en su cl usula primera, establece:á La parte demandada HIPERMERCADO TOTTUS S.A, Rut 78.627.210-“ 6, con el s lo nimo de poner t rmino al presente juicio y sin reconocer losó á é
Fundamentos
fundamentos de la demanda, ofrece pagar a la demandante do a ROSA LIDIAñ SALAS FERN NDEZ, la suma nica y total de $1.000.000.- monto que se pagarÁ ú á en una cuota a m s tardar el d a 2 de febrero de 2022, mediante dep sito oá í ó transferencia electr nica a nombre de la demandante, Rut 12199149-7, a la cuentaó corriente del Banco Falabella N 1-559-003694-2, correo electr nico° ó RSALASFERN@GMAIL.COM . La parte demandada deber dar cuenta del pagoá al tribunal dentro del quinto d a de efectuado el respectivo pagoí acompa ando elñ comprobante respectivo.” Asimismo, en su cl usula quinta, las partes pactaron:á Las partes acuerdan que en caso de incumplimiento de la presente“ conciliaci n, la demandada se obliga al pago de 70% del monto acordado en laó cl usula primera por concepto de cl usula penal, la que se har efectiva una vez queá á á los antecedentes sean remitidos al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de esta ciudad. Por resoluci n de fecha 11 de Febrero de 2022 se orden liquidar el cr ditoó ó é por la Unidad de Liquidaciones del Tribunal, lo cual se efectu con la misma fecha,ó y con fecha 14 de Febrero de 2022, se dict la respectiva resoluci n, conforme a loó ó dispuesto en el inciso final del art culo 466 del C digo del Trabajo.í ó Con fecha 17 de Febrero de 2022, se dej constancia del hecho de haberseó enviado las respectivas cartas certificadas a las partes, para efectos de practicar la notificaci n decretada en el inciso final del art culo 466 del C digo del Trabajo.ó í ó Con fecha 15 de Febrero de 2022, la ejecutada Hipermercados Tottus S.A opuso excepci n de pago, se alando que, en sede declaraba seguida ante el 2ó ñ ° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, causa RIT T-1334-2021, las partes habr an arribado a una conciliaci n con fecha 12 de Enero de 2022, la que consistií ó ó en el pago nico y total de la suma de $1.000.000.-ú Hizo presente, que su representada procedi al pago se alado ó ñ mediante transferencia electr nica a nombre de la demandante do a ROSA LIDIA SALASó ñ FERN NDEZ, RUT 12.199.149-7, en la cuenta corriente N 1-559-003694-2, delÁ ° Banco Falabella. Por lo que finaliza solicitando tener por deducida excepci n de pago y teneró por pagada la suma a que se comprometi en la conciliaci n arribada por las partesó ó en sede declarativa. Por resoluci n de fecha 17 de Febrero de 2022, se confiri traslado respectoó ó de la excepci n de pago.ó Código: WXXXYVXQRL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:RSALASFERN@GMAIL.COM Con fecha 24 de Febrero de 2022, se tuvo por evacuado el traslado conferido a la excepci n opuesta, en rebeld a de la parte ejecutante, se declar admisible laó í ó excepci n y se recibi la causa a prueba, rindi ndose sta en autos.ó ó é é Encontr ndose los autos en estado, con fecha 07 de Abril de 2022, se cit aá ó las partes para o r sentencia.í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ser materia de esa litis determinar la efectividad que lasá
Fallo
SE DECLARA: Código: WXXXYVXQRL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que, SE RECHAZA la excepci n consistente en el pago de la deuda,ó opuesta por la ejecutada con fecha 15 de Febrero de 2022. II.- Que, sin perjuicio de lo anterior, deber n registrarse el pagoá singularizado en el cuarto considerando de la presente sentencia, en el sistema computacional y hecho, se ordena reliquidar el cr dito por la respectiva unidad delé Tribunal. III.- Que, cada parte pagar sus costas.á Reg strese y Notif quese a las partes, v a correo electr nico.í í í ó RIT: C-644-2022 RUC: 21-4-0362649-7 Provey do a ó ñ Cecil ia Paz Ag ero Calvoü , Juez Titular del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. En Santiago a siete de Abril de dos mil veintid s,ó se notific por el estadoó diario la resoluci n precedente.ó gzr Código: WXXXYVXQRL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-04-07T11:57:15-0400
Texto Completo (Preview)
Santiago, siete de abril de dos mil veintid só . VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que con fecha 09 de Febrero de 2022, se ingres la presente causa, v aó í interconexi n, a este tribunal de la especialidad, a objeto de continuar con laó ejecuci n de la conciliaci n celebrada con fecha 12 de Enero de 2022, ante eló ó Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en la causa RIT T-1334-2021, la cual,
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica