TALA GONZALEZ AREF Y OTRO / TALA JAPAZ ALFREDO Y OTROS
Rol
Fecha
26 de mayo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente. 1.- Que, la presente causa fue alzada para conocer del recurso de apelación deducido con fecha veinte de octubre de dos mil veintidós (fojas 216 y siguientes), por el demandado don Alberto Gerardo Tala Japaz, en contra de la resolución de fecha trece de octubre del mismo año (foja 210 y siguiente), que rechazó la solicitud de exhorto de cinco de octubre de dos mil veintidós. 2.- Que, revisadas las bases del procedimiento aportadas a fojas 21 y siguientes, estas no contienen referencia alguna a que las partes hayan establecido un régimen recursivo especial. 3.- Que, el artículo 649 del Código de Procedimiento Civil dispone: “…Las materias sometidas al conocimiento del partidor se ventilarán en audiencias verbales, consignándose en las respectivas actas sus resultados; o por medio de solicitudes escritas, cuando la naturaleza e importancia de las cuestiones debatidas así lo exijan. Las resoluciones que se dicten con tal objeto serán inapelables…” 4.- Que, atendido el tenor de la disposición antedicha, no habiendo las partes dispuesto normas de procedimiento especiales en cuanto al régimen recursivo, y encontrándose la situación descrita en el numeral primero dentro de la hipótesis de aplicación del artículo 649 del Código de Procedimiento Civil, no queda sino concluir que la apelación deducida en autos resulta inadmisible, como se indicará en lo resolutivo. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en el artículo 649 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el demandado don Alberto Gerardo Tala Japaz, con fecha veinte de octubre de dos mil veintidós (fojas 216 y siguientes), en contra de la resolución de fecha trece de octubre del mismo año (foja 210 y siguiente). Regístrese y devuélvase. N°Civil-7563-2023.
Fallo
Por estas consideraciones, y lo dispuesto en el artículo 649 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el demandado don Alberto Gerardo Tala Japaz, con fecha veinte de octubre de dos mil veintidós (fojas 216 y siguientes), en contra de la resolución de fecha trece de octubre del mismo año (foja 210 y siguiente). Regístrese y devuélvase. N°Civil-7563-2023.
Texto Completo (Preview)
chv C.A. de Santiago (Sala Tramitadora). Santiago, veintiséis de mayo de dos mil veintitrés. Al folio N°2: Estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente. 1.- Que, la presente causa fue alzada para conocer del recurso de apelación deducido con fecha veinte de octubre de dos mil veintidós (fojas 216 y siguientes), por el demandado don Alberto Gerardo Tala Japaz, en contra de la resolución
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