SIN INFORMACION

ZELAYA VIDAL RODRIGO ARNALDO / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

24 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y considerando. PRIMERO: Que Patricia del Tránsito Vidal Alcaíno recurrió de amparo en favor de Rodrigo Arnaldo Zelaya Vidal, interno del Centro de Reinserción y Adaptación, en contra de la Comisión de Libertad Condicional por el rechazo de su postulación. SEGUNDO: Que evacuó informe la ministra doña Ana María Osorio, presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, y expuso que por resolución de 24 de abril pasado fue rechazada la postulación del amparado por unanimidad, en razón de que si bien el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio y que además mantiene conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres de su condena, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley citado, sin embargo, la misma documentación da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado. Refirió que Si bien es efectivo que el tiempo mínimo para postular al beneficio de libertad condicional se cumple en este caso, lo cierto es que el ordenamiento jurídico es el que entrega parámetros para la determinación de lo que se debe comprender por pena racional y justa y parte del imperativo que la sanción a imponer por todo delito sea proporcional a éste, lo que el legislador ha explicitado categorizando las conductas como crímenes, simples delitos y faltas, siendo en este caso un comportamiento delictivo que condujo, además, a aplicar una pena equivalente a un simple delito, por un delito de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades y otra a un crimen, por dos de robo con intimidación, es decir, de las de mayor entidad en la escala de penas. Como ya ha sido jurisprudencia reiterada de la Excma. Corte Suprema, tal exigencia de proporcionalidad no se agota con el señalamiento de penas en la ley ni con su imposición material, sino que también gobierna la fase de cumplimiento efectivo, sede en la que se in

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del Decreto Ley N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, ambos del Ministerio de Justicia; 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Rodrigo Arnaldo Zelaya Vidal en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1165-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés. Visto y considerando. PRIMERO: Que Patricia del Tránsito Vidal Alcaíno recurrió de amparo en favor de Rodrigo Arnaldo Zelaya Vidal, interno del Centro de Reinserción y Adaptación, en contra de la Comisión de Libertad Condicional por el rechazo de su postulación. SEGUNDO: Que evacuó informe la ministra doña Ana María Osorio,

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