CARABINEROS DE PELLUHUE C/ MICHAEL BRAYAN ESPINOSA RAMOS
Rol
Fecha
24 de mayo de 2023
Materia
FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOC PÚBL ART. 193,194,196
Resultado
REVOCADA/COMUNICAR
Hechos
Visto y teniendo, únicamente, presente: Que de los antecedentes allegados a la investigación permiten estimar, por la naturaleza de los delitos que se atribuyen, que la libertad del imputado Michael Brayan Espinosa Ramos constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, por lo que la resolución en alzada será enmendada de la forma que se dirá. Atendido lo antes expuesto, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 155, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada de dieciséis de mayo del año en curso, en cuanto no dio lugar a la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Michael Brayan Espinosa Ramos, inserta en la carpeta virtual Rit 1-231-2023, del Juzgado de Garantía de Letras y Garantía de Chanco y, en su lugar, se dispone la medida cautelar personal de prisión preventiva a su respecto. Devuélvase. Comuníquese, de inmediato, por la vía más expedita. N°Penal-711-2023.
Texto Completo (Preview)
Talca, veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés. Visto y teniendo, únicamente, presente: Que de los antecedentes allegados a la investigación permiten estimar, por la naturaleza de los delitos que se atribuyen, que la libertad del imputado Michael Brayan Espinosa Ramos constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, por lo que la resolución en alzada será enmendada de la forma que se dir
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