SIN INFORMACION

SINDICATO DE PROFESORES DE EMPRESA CMDS/CORPORACION MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE ANTOFAGASTA

Rol

Fecha

25 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendidos los hechos que fundamentan la presente acción constitucional así como las peticiones concretas que se someten a la decisión de este Tribunal de Alzada, los que no configuran los presupuestos necesarios para ser amparados por aquélla y evidentemente escapan a la competencia de esta Magistratura en lo dice relación con este mecanismo cautelar de urgencia, desde que se trata de hechos que dicen relación con la implementación de medidas de carácter permanente, cuyo conocimiento debe ser abordado por las autoridades administrativas y ejecutivas respectivas del ramo a través de la implementación de los programas y gestiones político-administrativas que sean necesarias para lograr los objetivos planteados por el actor, a través de la adopción de acuerdos entre las partes interesadas, se declara INADMISIBLE el recurso de protección deducido en contra de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta. Sin perjuicio de lo resuelto, remítanse los antecedentes a la Secretaría Regional Ministerial de Educación y a la Superintendencia de Educación para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. Rol 2678-2023 (PROTECCIÓN)

Fallo

se declara INADMISIBLE el recurso de protección deducido en contra de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta. Sin perjuicio de lo resuelto, remítanse los antecedentes a la Secretaría Regional Ministerial de Educación y a la Superintendencia de Educación para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. Rol 2678-2023 (PROTECCIÓN)

Texto Completo (Preview)

//pms Antofagasta, a veinticinco de mayo de dos mil veintitrés. Vistos: Atendidos los hechos que fundamentan la presente acción constitucional así como las peticiones concretas que se someten a la decisión de este Tribunal de Alzada, los que no configuran los presupuestos necesarios para ser amparados por aquélla y evidentemente escapan a la competencia de esta Magistratura en lo dice relación co

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