ANONIMIZADO
Rol
Fecha
23 de mayo de 2023
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
ANULA DE OFICIO
Hechos
Vistos: 1° Que el artículo 18 de la Ley 19.968 sobre Tribunales de Familia, indica que las partes deberán comparecer patrocinadas por abogado habilitado para el ejercicio de la profesión y representadas por persona legalmente habilitada para actuar en juicio, a menos que el juez en caso necesario las exceptúe expresamente, excepción que, escuchado el audio de la audiencia de fecha 6 de marzo del presente año, no consta que se haya efectuado. En efecto, revisada la tramitación de la causa, consta que recién 3 días previos a la audiencia preparatoria, se le designó a la víctima el abogado de turno en calidad de curador ad-litem, nombramiento que el mismo día de...
Texto Completo (Preview)
Rancagua, veintitrés de mayo de dos mil veintitrés. Vistos: 1° Que el artículo 18 de la Ley 19.968 sobre Tribunales de Familia, indica que las partes deberán comparecer patrocinadas por abogado habilitado para el ejercicio de la profesión y representadas por persona legalmente habilitada para actuar en juicio, a menos que el juez en caso necesario las exceptúe expresamente, excepción que, escuchad
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