MP. C/ BRAYAN MANUEL ALARCÓN LEAL.
Rol
Fecha
20 de mayo de 2023
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que los antecedentes invocados por la defensa no alcanzan para desvirtuar, en este estadio procesal, la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y, además, se considera que no han variado sustancialmente las circunstancias tenidas en consideración para decretar la prisión preventiva del imputado, por estimar esta Corte que de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, teniendo en consideración la gravedad del delito de que se trata y los bienes jurídicos protegidos, así como la pena probable a imponer en caso de condena, todo lo cual torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en la audiencia diecinueve de mayo del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Talagante y se declara que se mantiene la medida cautelar de prisión preventiva, respecto de Brayan Manuel Alarcón Leal. Devuélvase y comuníquese vía interconexión. N° 1461-2023 Penal.
Fallo
se declara que se mantiene la medida cautelar de prisión preventiva, respecto de Brayan Manuel Alarcón Leal. Devuélvase y comuníquese vía interconexión. N° 1461-2023 Penal.
Texto Completo (Preview)
En San Miguel, a veinte de mayo de dos mil veintitrés. Sala: Tercera Sala Rol: 1461-2023 Penal Ruc: 2201302572-3 RIT: 5405-2022 Tribunal: Juzgado de Garantía de Talagante Integrantes: Ministras señora Sylvia Pizarro Barahona y señora María Catalina González Torres y Abogado Integrante señor Carlos Espinoza Vidal Relator: Camila Galle Aravena Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Marcia Ram
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