SIN INFORMACION

EBEL MODESTE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

19 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 27 de diciembre de 2022, comparece el abogado Jorge Correa Fuentes en favor de don EBEL MODESTE, ciudadano haitiano, cédula de identidad nacional para extranjeros Nº 26.177.768-1, domiciliados en Avenida Nueva Einstein 290, Edificio Plaza América, oficinas 612 y 613 de la comuna de Rancagua y deduce acción Constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la demora del acto que ponga fin al procedimiento administrativo de solicitud de permanencia definitiva, vulnerando con ello la igualdad ante la ley. Señala que el extranjero ingresó al país y en razón de establecerse, trabajar y desarrollar un proyecto de vida en nuestra nación, decidió cambiar su condición migratoria, iniciando el proceso solicitud de Permanencia definitiva en el año 2020 con el Nº 10340114, sin embargo, han transcurrido más que 2 años, sin que a la fecha haya recibido alguna respuesta por parte de la recurrida, situación que lo ha mantenido en una constante preocupación e incertidumbre, toda vez que sin perjuicio de contar con la autorización para ejercer actividades remuneradas mientras se encuentre en análisis la solicitud de permanencia definitiva, dicha demora implica una inestabilidad emocional y un estado de indefensión, situación injusta y arbitraria que vulnera los principios establecidos en la ley N° 19.880, es especial, en lo que respecta al principio de celeridad consagrado en el artículo 7. Finaliza solicitando acoger la presente acción, ordenando al recurrido que se pronuncie y resuelva la solicitud referida. Al evacuar su informe de folio 9, la recurrida señala el historial migratorio del actor y refiere que el extranjero ingresó con fecha 23 de septiembre de 2020 la solicitud de permanencia definitiva. Luego, con fecha 22 de noviembre de 2021, el Servicio emite certificación de Solicitud incompleta o insuficiente, atendido a que carecía del certificado de antecedentes penales del país de origen, la documentación de identidad era

Fundamentos

fundamentos del desistimiento, de acuerdo a lo referido en la parte expositiva de este fallo. QUINTO: Que, por lo anterior, no se evidencia actuación ilegal o arbitraria de la recurrida que afecte alguna de las garantías constitucionales del actor y que pueda ser enmendada por esta vía, considerando que ya ha conocido el pronunciamiento que se reclamaba, por lo que ninguna medida de protección podría adoptarse, y, así las cosas, la acción deducida no puede prosperar.

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de EBEL MODESTE, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Ingreso Corte 17.486-2022 Protección. “Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos para ser anonimizada de acuerdo a lo dispuesto en el Acta 44-2020 de la Excma. Corte Suprema.”

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua. Rancagua, diecinueve de mayo de dos mil veintitrés. VISTOS: Con fecha 27 de diciembre de 2022, comparece el abogado Jorge Correa Fuentes en favor de don EBEL MODESTE, ciudadano haitiano, cédula de identidad nacional para extranjeros Nº 26.177.768-1, domiciliados en Avenida Nueva Einstein 290, Edificio Plaza América, oficinas 612 y 613 de la comuna de Rancagua y deduce acción Co

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