PEREZ ORTIZ MARIO ARIEL/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
19 de mayo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece a través de formulario dispuesto al efecto, Lissette Riveros Gálvez, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de Mario Ariel Pérez Ortiz, actualmente privado de libertad en el Centro de Reinserción y Adaptación CRAM, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional correspondiente a la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado su postulación al beneficio de la libertad condicional. SEGUNDO: Que informa la Comisión de Libertad Condicional y expone que por unanimidad de sus miembros se resolvió no otorgarle el beneficio al amparado, teniendo en consideración lo siguiente: “Que al revisar los antecedentes del interno contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, integrada por el “Formulario Consolidado de Postulación”, copia de la sentencia expedida en su contra, antecedentes pretéritos, e “Informe de Postulación Psicosocial” con su correspondiente documentación de respaldo, ponderados por esta Comisión con arreglo a las atribuciones que el Decreto Ley N°321 otorga, se puede comprobar que si bien el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio y que además mantiene conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres de su condena, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley citado, sin embargo, la misma documentación da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado. En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante es un interno de mediano compromiso delictual, al que aún le restan más de tres años de condena, y con todo, aún presenta una disminuida tendencia a favor del delito, además de registrar una infracción grave al régimen interno, por tenencia de celular, y otra condena por un crimen de robo en lugar habitado o destinado a la habitación del añ
Fundamentos
fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado, dicen relación con que se trata de un interno que presenta mediano compromiso delictual, persistiendo una disminuida tendencia a favor del delito, además de registrar una infracción grave al régimen interno, según ya fue reseñado en el considerando segundo, aspectos que impiden tener por probado avances en su proceso de reinserción social. SÉPTIMO: Que del análisis de los antecedentes tenidos a la vista y reseñados en el motivo que antecede, puede concluirse que la recurrida, actuando en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, la que se apoyó en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile y en la inteligencia, que dentro de la esfera de las competencias que le son propias, le permitió concluir que el amparado no es merecedor, por ahora, de la misma. En concepto de esta Corte, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, por las razones que señala y, por lo mismo, no puede estimarse que en la adopción de esta determinación haya incurrido en alguna ilegalidad o arbitrariedad;
Fallo
Por estas consideraciones, atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Mario Ariel Pérez Ortiz en contra de la Comisión de Libertad Condicional correspondiente a la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y comuníquese. N°Amparo-1052-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de mayo de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece a través de formulario dispuesto al efecto, Lissette Riveros Gálvez, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de Mario Ariel Pérez Ortiz, actualmente privado de libertad en el Centro de Reinserción y Adaptación CRAM, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional
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