SIN INFORMACION

APONTE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

19 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA (DEL ACUERDO)

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparecen, los abogados Alexis Aguirre Fonseca y Tomás Pedro Greene Pinochet, en favor de Rhayluits José Aponte Álvarez, de nacionalidad venezolana, e interponen acción constitucional de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por el acto que consideran ilegal y arbitrario consistente en haber omitido de forma ilegal y arbitraria la tramitación y un pronunciamiento oportuno de la solicitud de permiso de permanencia temporaria realizada por el recurrente, con lo que estiman vulnerada la garantía constitucional consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Exponen que el recurrente, el día 26 de mayo del 2021 solicitó al Servicio Nacional de Migraciones, en adelante "SERMIG", cambio de empleador de una solicitud de visa sujeta a contrato, la que si bien fue recepcionada por el SERMIG, ocurre que al intentar obtener en la página del SERMIG un certificado que dé cuenta de que la solicitud de visa se encuentra en trámite, ingresando el número de la solicitud y antecedentes personales, el sistema del SERGIM informa que la “residencia temporal no fue encontrada”, de lo que se concluye, que no ha recibido ningún tipo de tramitación. Refieren que el efecto de esta demora injustificada es que, aunque la situación migratoria del recurrente sea regular, no cuenta con ningún documento o certificación que dé cuenta de su estatus migratorio y no se le ha brindado ningún tipo de información respecto a su solicitud, lo que le impide el ejercicio de labores remuneradas y le acarrea una serie de problemas cotidianos al momento de intentar realizar trámites tanto ante autoridades públicas como ante entidades privadas. Añaden, que el recurrente pretende viajar a su país de nacionalidad para efectos de visitar a su familia, sin contar con ningún comprobante que acredite que su situación migratoria es regular en Chile, arriesgando tener que pagar una multa para poder salir de

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, por haber perdido oportunidad, el recurso deducido en la petición principal de la presentación de fecha veintidós de marzo de dos mil veintiuno. Regístrese y, oportunamente, archívese. Rol 1623-2023 Pronunciada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministra señora Maritza Villadangos Frankovich e integrada, además, la ministra señora Elsa Barrientos Guerrero y el abogado integrante señor Eduardo Jequier Lehuedé.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de mayo de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparecen, los abogados Alexis Aguirre Fonseca y Tomás Pedro Greene Pinochet, en favor de Rhayluits José Aponte Álvarez, de nacionalidad venezolana, e interponen acción constitucional de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por el acto que consideran ilegal

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica