MONJE/MABLAN SPA
Rol
Fecha
22 de mayo de 2023
Materia
SUELDO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, ante el juez de letras del trabajo, procede contra las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social, naturaleza jurídica que, en la especie, la resolución impugnada –que rechaza un incidente de nulidad de todo lo obrado– no comparte, desde que si bien se trata de una sentencia interlocutoria, pero no cumple las características ya referidas y no se pronuncia sobre medida cautelar alguna. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 476 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada a folio 112 el cinco de mayo del presente, en contra de la resolución dictada el dos de mayo del año en curso por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Al folio 3; a todo: Estese a lo precedentemente resuelto. Regístrese y devuélvase. N°Laboral-Cobranza-1606-2023.
Fallo
Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 476 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada a folio 112 el cinco de mayo del presente, en contra de la resolución dictada el dos de mayo del año en curso por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Al folio 3; a todo: Estese a lo precedentemente resuelto. Regístrese y devuélvase. N°Laboral-Cobranza-1606-2023.
Texto Completo (Preview)
cmos C.A. de Santiago Santiago, veintidós de mayo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, ante el juez de letras del trabajo, procede contra las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficio
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