SOLÍS/SALODI CONSTRUCCIONES SPA
Rol
Fecha
17 de mayo de 2023
Materia
REMUNERACIONES
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, ante el juez de letras del trabajo, procede contra las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social, naturaleza jurídica que, en la especie, la resolución impugnada que rechaza un incidente de nulidad no comparte, desde que si bien se trata de una sentencia interlocutoria, pero no cumple las características ya referidas y no se pronuncia sobre medida cautelar alguna. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 476 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la solicitante el veintisiete de abril del presente, en contra de la resolución dictada el veinticuatro de abril del año en curso por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Al folio N° 3: estese a lo resuelto. Regístrese y devuélvase. N°Laboral - Cobranza-1530-2023.
Fallo
Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 476 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la solicitante el veintisiete de abril del presente, en contra de la resolución dictada el veinticuatro de abril del año en curso por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Al folio N° 3: estese a lo resuelto. Regístrese y devuélvase. N°Laboral - Cobranza-1530-2023.
Texto Completo (Preview)
cmos C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de mayo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, ante el juez de letras del trabajo, procede contra las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de benefici
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