RODRIGUES / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
15 de mayo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: Que, en folio 1 comparece NIKOLAS RODRIGUES THORUN, de nacionalidad brasilera, contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente ha omitido resolver sus solicitudes de permanencia definitiva solicitada en julio de 2020 y febrero de 2022, lo que conculca su garantía consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Afirma que dicha omisión ha trasgredido los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880 y con ello la garantía constitucional de igualdad ante la ley de la recurrente, por lo que solicita instruir a la recurrida para que se pronuncie sobre la mencionada petición, además de dejar sin efecto la resolución exenta N°176032 y reembolsar la suma de $105.713 pesos cancelados por segunda vez en la solicitud de visa N°.-3846447. A folio 10, Atendido el tiempo transcurrido y la naturaleza cautelar y sumaria del procedimiento, se prescinde del informe solicitado a la recurrida, y se traen los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante este recurso se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho, ante la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento de las solicitud de permanencia definitiva N°3846447 y N°37677904 presentada por la parte recurrente, y si deje sin efecto resolución exenta N°176032 y reembolsar la suma pagada por segunda vez en la solicitud de visa N°.-3846447, correspondiente a pago de derechos para poder dar trámite a su requerimiento. Segundo: Que habiendo sido debidamente emplazada la recurrente no evacua informe. Tercero: Que, teniendo presente la fecha de inicio de tramitación de la solicitud del actor, y no constando pronunciamiento terminal al respecto, aparece que ha existido una dilación excesiva en su tramitación, lo que permite concluir que la autoridad administrativa ha infringido los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880 y, como consecuencia de aquello, lo dispuesto en la garantía constitucional del artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, al realizarse por un Órgano de la Administración del Estado, una discriminación arbitraria e ilegal en la tramitación de la solicitudes de permanencia definitiva, en relación con el trato dispensado a otros interesados que en igual situación han podido tramitar sus solicitudes y obtener una decisión terminal, razones por las cuales se acogerá la presente acción.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de NIKOLAS RODRIGUES THORUN, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto la autoridad migratoria recurrida dentro del plazo de sesenta días hábiles, deberá emitir pronunciamiento de la solicitud de permanencia definitiva N°37677904, solicitada con fecha 10 de febrero de 2022 , conforme a derecho. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-3908-2023.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, quince de mayo de dos mil veintitrés. VISTOS: Que, en folio 1 comparece NIKOLAS RODRIGUES THORUN, de nacionalidad brasilera, contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente ha omitido resolver sus solicitudes de permanencia definitiva solicitada en julio de 2020 y febrero de 2022, lo que conculca su garantía consagrada en el numeral
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