JUZGADO DE GARANTIA DE CONCEPCION

M.P. C/ JEAN PAUL ORELLANA MENDEZ

Rol

Fecha

12 de mayo de 2023

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°.- Que la defensa de los imputados Jean Paul Orellana Méndez y Nicole Andrea Avaria Carreño, apeló de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción, de 6 de mayo en curso, que les impuso la medida cautelar personal de prisión preventiva. Cabe hacer presente, que ambos imputados se encuentran formalizados como autores del delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades del artículo 4° en relación al artículo 1° de la ley 20.000, conjuntamente con un tercer sujeto de nombre Matías Salazar, a quien se le impuso la medida de privación de libertad total en su casa. La defensa apelante, cuestiona los presupuestos de las letras b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, solicitando dejar sin efecto la referida cautelar o, en subsidio, se la sustituya por alguna de las contempladas en el artículo 155 del Código Procesal Penal. 2°.- Que, ahora bien, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, fluye que, hasta ahora, concurre el presupuesto material relativo a la participación que echa de menos en este caso el apelante. En efecto, se dio cuenta que, conforme al parte policial, una pareja, que resultó ser el referido Orellana y la mencionada Avaria, se acercó, en la vía pública, a tres funcionarios policiales de civil. Y el primero que interactúo con éstos fue precisamente Orellana quien le ofreció “pitos” para la venta, e inmediatamente la aludida Avaria también les hizo igual ofrecimiento, incluso señalando el precio de “5.000 pesitos”. En el mismo parte, también consta que dichos individuos llamaron al tercer sujeto (Matías Salazar), y en poder de este último fueron habidos 24 envoltorios conteniendo un total de 25,66 gramos brutos de cannabis sativa. Estos elementos de convicción resultan suficientes, en concepto de esta Corte, para configurar presunciones fundadas en lo concerniente a la participación en el delito de que se trata por parte de los referidos O

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 122, 139, 140 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de seis de mayo de dos mil veintitrés, dictada en audiencia por el Juzgado de Garantía de Concepción, que impuso la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto de los imputados Jean Paul Orellana Méndez y Nicole Andrea Avaria Carreño. Comuníquese por la vía más rápida y expedita. Rol N° 598-2023. Penal.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción ACV/mfmm Concepción, doce de mayo de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°.- Que la defensa de los imputados Jean Paul Orellana Méndez y Nicole Andrea Avaria Carreño, apeló de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción, de 6 de mayo en curso, que les impuso la medida cautelar personal de prisión preventiva. Cabe hacer presente, que ambo

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