SANHUEZA/DOUSSANG (LTE)
Rol
Fecha
12 de mayo de 2023
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: Que el simple transcurso del tiempo no puede afectar el derecho que asiste a quien estima procedente la adopción de una medida precautoria en resguardo de sus derechos, los que se discutirán en juicio, más si el fundamento que se plantea en la apelación para alterar la medida no ha sido esgrimido mediante los mecanismos procesales respectivos, se confirma la resolución apelada de veintitrés de febrero de dos mil veintitrés, dictada por el 14º Juzgado Civil de Santiago. Devuélvase. Civil Nº 4784-2023 Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por los Ministros señora Graciela Gómez Quitral, señora Verónica Cecilia Sabaj Escudero y el Abogado Integrante señor Eduardo Nelson Gandulfo Ramírez. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, doce de mayo de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, doce de mayo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo únicamente presente: Que el simple transcurso del tiempo no puede afectar el derecho que asiste a quien estima procedente la adopción de una medida precautoria en resguardo de sus derechos, los que se discutirán en juicio, más si el fundamento que se plantea en la apelación para alterar la medida no ha sido esgrimido
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