JUZGADO DE GARANTIA DE ANTOFAGASTA

MIN PUB AFTA C/ MARCELO JOHN MEJIAS VERA

Rol

Fecha

12 de mayo de 2023

Materia

ROBO DE VEHICULO MOTORIZADO

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo lo dicho por la juez a quo respecto de la concurrencia de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, como también sobre la necesidad de cautela que surge del hecho en cuestión por las características de este,

Fundamentos

considerando únicamente que no resulta suficientemente justificado que la necesidad de cautela que deriva de las circunstancias del hecho y el hecho de obrar en grupo o pandilla, sea suficiente para justificar una prisión preventiva, en especial considerando que el fiscal que dio inicio al procedimiento ni siquiera consideró necesario mantener detenido al imputado, y que despachada una orden de detención cuyo fundamento no se logró explicar, el imputado se presentó inmediatamente ante la autoridad judicial, lo que excluye el peligro de fuga, por lo que estimando que no hay mérito para decretar la cautelar solicitada por Ministerio Público, se revocará la resolución en alzada, imponiendo al formalizado las mismas cautelares que al coimputado y, considerando la pena legal probable, el arresto domiciliario nocturno. Y visto lo dispuesto en los artículos 370 y siguientes del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada dictada con fecha cinco de mayo de dos mil veintitrés, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva al imputado Marcelo John Mejías Vera, por el delito de robo de vehículo motorizado y en su lugar

Fallo

se declara que se rechaza la petición del Ministerio Público de decretar la prisión preventiva del referido encartado, decretando a su respecto las cautelares del artículo 155 letras a), c) y d), esto es, el arresto domiciliario nocturno, la obligación de presentarse periódicamente ante la autoridad que determine el juez de garantía respectivo, en día determinado, semana por medio, y arraigo nacional. Regístrese y comuníquese. Rol 689-2023 (PENAL)

Texto Completo (Preview)

/jhc ACTA DE AUDIENCIA Antofagasta, a doce de mayo de dos mil veintitrés, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por los Ministros Titulares Sra. Virginia Soublette Miranda, Sra. Jasna Pavlich Núñez y Sr. Juan Fernando Opazo Lagos, se llevó a efecto la audiencia para conocer el recurso de apelación deducido por la Abogada defensora particular doña María Francisca Gonzalez Wer

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