TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE ARICA

ANONIMIZADO

Rol

14492-2022

Fecha

10 de junio de 2022

Materia

Reforma

Resultado

DESECHA DE PLANO RECURSO DE REVISIÓN (M)

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que la revisión de las sentencias firmes procede en los casos taxativamente señalados en el artículo 473 del Código Procesal Penal, las que facultan a la Corte Suprema para rever extraordinariamente las sentencias firmes en que se hubiere condenado a alguien por crimen o simple delito, para anularlas, en los casos que enumera y desarrolla. 2° Que, en el presente caso, conforme a los antecedentes expuestos por la recurrente, no se ha indicado causal alguna, poniendo a este tribunal en situación de tener que elegir a cuál de todas las que contempla el artículo en comento, se refiere. Ello no se condice con el tenor del recurso, que otorga en casos...

Texto Completo (Preview)

Santiago, diez de junio de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1° Que la revisión de las sentencias firmes procede en los casos taxativamente señalados en el artículo 473 del Código Procesal Penal, las que facultan a la Corte Suprema para rever extraordinariamente las sentencias firmes en que se hubiere condenado a alguien por crimen o simple delito, para anularlas, en los casos que enu

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