ANONIMIZADO
Rol
14492-2022
Fecha
10 de junio de 2022
Materia
Reforma
Resultado
DESECHA DE PLANO RECURSO DE REVISIÓN (M)
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que la revisión de las sentencias firmes procede en los casos taxativamente señalados en el artículo 473 del Código Procesal Penal, las que facultan a la Corte Suprema para rever extraordinariamente las sentencias firmes en que se hubiere condenado a alguien por crimen o simple delito, para anularlas, en los casos que enumera y desarrolla. 2° Que, en el presente caso, conforme a los antecedentes expuestos por la recurrente, no se ha indicado causal alguna, poniendo a este tribunal en situación de tener que elegir a cuál de todas las que contempla el artículo en comento, se refiere. Ello no se condice con el tenor del recurso, que otorga en casos...
Texto Completo (Preview)
Santiago, diez de junio de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1° Que la revisión de las sentencias firmes procede en los casos taxativamente señalados en el artículo 473 del Código Procesal Penal, las que facultan a la Corte Suprema para rever extraordinariamente las sentencias firmes en que se hubiere condenado a alguien por crimen o simple delito, para anularlas, en los casos que enu
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