M.P. C/ WERNER ANDRES ACEITON MANRIQUEZ
Rol
17677-2022
Fecha
10 de junio de 2022
Materia
Reforma
Resultado
DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER NULIDAD CORTE (M)
Hechos
Vistos: 1° Que la defensa de Werner Aceitón Manríquez recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio por la cual fue condenado como autor del delito de robo en lugar destinado a la habitación. 2° Que por el recurso se ha invocado como causal principal la del artículo 373 a) del Código Procesal Penal, primeramente por infracción a la garantía del debido proceso, al basarse lo decidido en un solo testimonio policial y en unas actas de incautación en que habría algunas falsificaciones de firma al imputado respecto de lo cual se presentó un peritaje; en subsidio, por el motivo del artículo 373 b) del mismo Código, al no verificarse en la especie todos los elementos del tipo. 3° Que el Ministerio Público se hizo parte en la presente causa, solicitando la inadmisibilidad de la causal principal por manifiesta falta de
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho para sustentarla. 4° Que según se desprende de la atenta lectura del libelo, lo que se reprocha por la letra a) del artículo 373, podría constituir un reclamo propio de la causal del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, toda vez, que en definitiva el sustento de su motivo de invalidación principal, es un reclamo a la valoración de los antecedentes y a la fundamentación de la sentencia; y en lo que a la segunda parte del arbitrio se refiere aquello puede ir de la mano con lo anterior, razón por la cual se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal.
Fallo
Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Valparaíso, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 17.677-2022. Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Haroldo Brito C., Jorge Dahm O., Leopoldo Llanos S., Sra. María Teresa Letelier R., y la Abogada Integrante Sra. Pía Tavolari G. No firma la Abogada Integrante Sra. Tavolari, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar ausente.
Texto Completo (Preview)
Santiago, diez de junio de dos mil veintidós. Vistos: 1° Que la defensa de Werner Aceitón Manríquez recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio por la cual fue condenado como autor del delito de robo en lugar destinado a la habitación. 2° Que por el recurso se ha invocado como causal principal la del artículo 373 a) del Código Procesal
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