BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA CHILE / OLEA
Rol
16206-2022
Fecha
10 de junio de 2022
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA
Hechos
Visto y teniendo presente: 1º.- Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales hace procedente el recurso de queja en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, dictadas con falta o abuso y que no sean susceptibles de recurso ordinario o extraordinario alguno. 2º.- Que el libelo incoado por la abogada Lorena González Donoso en autos de la Corte de Apelaciones de Iquique Rol 204-2022, lo ha sido respecto de una resolución de una Sala de la referida Corte que desestimó el recurso de reposición que interpuso en contra de aquella que declaro inadmisible la apelación por cuyo intermedio impugnó la decisión del tribunal de primer grado que negó lugar a un incidente de nulidad procesal. 3º.- Que de lo expuesto se desprende que la resolución aludida en el motivo que precede no es de aquellas que permiten la interposición de un recurso de queja en su contra, puesto que no participa de la naturaleza de las señaladas en el primer acápite, a consecuencia de lo cual sólo cabe concluir que el recurso deducido no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja deducido la abogada Lorena González Donoso. Al primer otrosí: estése a lo resuelto. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Al tercer otrosí: no ha lugar. Al cuarto otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. Rol Nº 16.209-2022.-
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja deducido la abogada Lorena González Donoso. Al primer otrosí: estése a lo resuelto. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Al tercer otrosí: no ha lugar. Al cuarto otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. Rol Nº 16.209-2022.-
Texto Completo (Preview)
Santiago, diez de junio de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: 1º.- Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales hace procedente el recurso de queja en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, dictadas con falta o abuso y que no sean susceptibles de recurso ordinario o extraordinario alguno. 2º.- Que el
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