BENJAMÍN ANDRÉS MOYA SOTO / SOFÍA MACARENA PIZARRO FERNÁNDEZ
Rol
Fecha
12 de mayo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando esta Corte que la pretensión esgrimida en autos excede a la naturaleza y características de esta acción cautelar, toda vez que dice relación con hechos que eventualmente revisten el carácter de delito, cuyo conocimiento corresponde al Ministerio Público y, visto lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Acordado con el voto en contra de la Ministra Sra. Silvana Donoso Ocampo, quien fue del parecer de admitir a tramitación el arbitrio incoado, por estimar que los hechos descritos podrían eventualmente configurar afectación de garantías constitucionales protegidas por esta vía. N°Protección-14733-2023.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Acordado con el voto en contra de la Ministra Sra. Silvana Donoso Ocampo, quien fue del parecer de admitir a tramitación el arbitrio incoado, por estimar que los hechos descritos podrían eventualmente configurar afectación de garantías constitucionales protegidas por esta vía. N°Protección-14733-2023.
Texto Completo (Preview)
yrb C.A. de Valparaíso Valparaíso, doce de mayo de dos mil veintitrés. Proveyendo folio N°1, Ingreso recurso: A todo: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando esta Corte que la pretensión esgrimida en autos excede a la naturaleza y características de esta acción cautelar, toda vez que dice relación con hechos que eventualmente revisten el carácter de delito, cuyo conocimiento corre
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