3º JUZGADO DE LETRAS DE PUNTA ARENAS

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUNTA ARENAS/TEABRAZO MAGALLANES

Rol

Fecha

12 de mayo de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: El mérito de los antecedentes, estimando esta Corte que lo exigido por el Tribunal a quo, excede la normativa legal aplicable; teniendo, además, presente que la individualización de la representante legal de la demandada se contempla en el escrito de la demanda y fue agregado con posterioridad por la ejecutante, pudiendo el Juzgado a quo arbitrar los cambios que correspondan en el sistema informático, y visto, lo dispuesto en los artículos 186, 227 y 254 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de seis de febrero del año en curso y en su lugar se declara, que el señor Juez a quo deberá proveer derechamente la demanda, dando curso progresivo a los autos como en derecho corresponda. Devuélvase. Rol N° 117-2023. Civil.

Fallo

se declara, que el señor Juez a quo deberá proveer derechamente la demanda, dando curso progresivo a los autos como en derecho corresponda. Devuélvase. Rol N° 117-2023. Civil.

Texto Completo (Preview)

Punta Arenas, doce de mayo de dos mil veintitrés. Vistos: El mérito de los antecedentes, estimando esta Corte que lo exigido por el Tribunal a quo, excede la normativa legal aplicable; teniendo, además, presente que la individualización de la representante legal de la demandada se contempla en el escrito de la demanda y fue agregado con posterioridad por la ejecutante, pudiendo el Juzgado a quo a

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