SIN INFORMACION

RICARDO / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

12 de mayo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1, se deduce recurso de amparo, en favor de Lilian Ximena Cueto Muñoz y cónyuge Adolfo Ricardo Vázquez Aguirre, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal en el pronunciamiento en la solicitud de alzamiento de la prohibición de ingreso al país del Sr. Vásquez, atendido que ya han transcurrido más de 14 años desde su disposición. Indica que el Sr. Vásquez, contaba con una visa de permanencia definitiva desde marzo de 1992, la que fue revocada en el año 2006, por medio del decreto de expulsión N° 1.207-2008, del año 2008, que se fundó en la comisión del delito de tráfico ilícito de estupefacientes. Refiere que la Sra. Cueto, solicitó –con fecha 2 de julio de 2021- el expediente administrativo, como la copia de la orden de expulsión sin resultados favorables. Luego en el mes de junio de 2022, solicitó la copia de la orden a la Policía de Investigaciones de Chile. Posteriormente, en el mes de julio de 2022, solicitó al Servicio Nacional de Migraciones el alzamiento de la prohibición de ingreso, por encontrarse caducada.´31 y 34 Sostiene que sin la copia de la orden de expulsión como la falta de respuesta de a solicitud, hace imposible la reunificación familiar. Agrega que el Sr. Vásquez, tiene dos hijos chilenos, Lucas y Martin, ambos Vásquez Cueto, su cónyuge también de nacionalidad chilena, como también sus parientes, cuñados, sobrinos y suegros. Hace presente que, a la fecha, el Servicio Nacional de Migraciones organismo respectivo, en los registros de Policía internacional y Aduanas mantiene vigente la prohibición de ingreso, cuestión que imposibilita su regreso. Por otra parte, indica que se vulnera el principio non bis in ídem, toda vez que con la sanción administrativa de prohibición de ingreso al país, en atención a los mismos hechos por los cuales el amparado ya cumplió una condena, se estaría recibiendo un doble castigo por un mismo hecho. Solicita que la recurrida, emita pronunciamiento respecto de la solicitud

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 N° 7 y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Lilian Ximena Cueto Muñoz y Adolfo Ricardo Vázquez Aguirre, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. No sujeta a anonimización. N°Amparo-812-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso. Valparaíso, doce de mayo de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, se deduce recurso de amparo, en favor de Lilian Ximena Cueto Muñoz y cónyuge Adolfo Ricardo Vázquez Aguirre, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal en el pronunciamiento en la solicitud de alzamiento de la prohibición de ingreso al país del Sr. Vásquez, atendido que ya han transcur

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