ANONIMIZADO
Rol
Fecha
11 de mayo de 2023
Materia
CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO, DECLARACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Que atendida la entidad de lo solicitado por la actora en el primer, tercer y sexto otrosíes del libelo, en cuanto se refieren a materias que por su premura pueden ser sometidas a tramitación incidental y así ser resueltas antes de la audiencia preparatoria y visto además lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, SE REVOCA en lo apelado la resolución de diez de abril de dos mil veintitrés, recaída en las indicadas solicitudes, y en su reemplazo se provee a las mismas: Traslado, debiendo evacuarlo la demandada dentro de tercero día de notificada. Regístrese y devuélvase. N°Familia-92-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, once de mayo de dos mil veintitrés. Vistos: Que atendida la entidad de lo solicitado por la actora en el primer, tercer y sexto otrosíes del libelo, en cuanto se refieren a materias que por su premura pueden ser sometidas a tramitación incidental y así ser resueltas antes de la audiencia preparatoria y visto además lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, SE REV
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