MP C/ MAXIMILIANO ANTONIO VIDAL TAPIA
Rol
Fecha
11 de mayo de 2023
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que concurrieron en esta audiencia y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 276, 352, 358, 360 y 370 del Código ya citado, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de siete de marzo del año en curso, pronunciada en causa R.I.T. 4956-2022 del Juzgado de Garantía de Talca, que excluyó todos los medios de prueba del Ministerio Público. Acordada con el voto en contra del Ministro don Gerardo Bernales Rojas, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y declarar admisibles los medios de prueba excluidos, por estimar que el plazo para el cumplimiento de la diligencia no se encuentra contemplado en el artículo 25 de la Ley 20.000, por lo que, para la regulación de la diligencia, solo corresponde remitirse a la ley, de manera tal que la actuación o diligencia realizada fuera de un plazo dado por autoridad, no regulado en la ley, solo puede dar cabida a las responsabilidades legales y administrativas que se estimen procedente, pero no a invalidar una diligencia investigativa penal, más aún, tratándose de materias tan delicadas y complejas como las de la Ley 20.000. Devuélvase. Rol 352-2023/Penal.
Texto Completo (Preview)
Talca, once de mayo de dos mil veintitrés. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que concurrieron en esta audiencia y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 276, 352, 358, 360 y 370 del Código ya citado, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de siete de marzo del año en curso, pronunciada en causa R.I.T. 4956-2022 del Juzgado de Garantía de T
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