INTERGAS S.A.
Rol
17071-2022
Fecha
9 de junio de 2022
Materia
Civil
Resultado
SE DESECHA RECUSACIÓN
Hechos
Vistos: 1.- Que la parte demandante ha formulado recusación en contra del Ministro señor Carlos Gutiérrez Zavala y el Fiscal Judicial señor Óscar Viñuela Aller, de la Corte de Apelaciones de Temuco, fundada en la causal del numeral 14 del artículo 196 del Código Orgánico de Tribunales, fundado en que habrían sido designados en sus respectivos cargos, durante el año 2017, por el entonces Ministro de Justicia señor Jaime Campos Quiroga, quien actualmente figura como uno de los abogados de la parte demandada en la causa en que incide la solicitud, cuestión que los inhabilitaría para conocer del recurso de apelación pendiente en el Rol 419-2022 de dicha Corte, en que se discute un incidente de nulidad de lo obrado deducido por la demandada, así como de todas las que pueden derivarse de la causa seguida en los autos rol 295-14 del Primer Juzgado Civil de Temuco. 2.- Que, sin embargo, analizados los antecedentes la recusación interpuesta debe ser desechada de plano, pues la situación fáctica referida por el incidentista no resulta subsumible en la causal alegada, desde que los hechos en que se funda no constituyen un “beneficio de importancia” que haga presumir empañada la gratitud de los referidos, al tenor de lo referido en dicho precepto legal. En consecuencia y visto además lo dispuesto en el artículo 119 inciso 1° del Código de Procedimiento Civil, se desecha desde luego la solicitud de recusación presentada con fecha veintisiete de mayo último. Al primer y tercer otrosíes: estese a lo resuelto Al segundo otrosí: A sus antecedentes Al cuarto otrosí: hágase efectiva la consignación. Al quinto otrosí: téngase presente. Al sexto otrosí: téngase presente, sin perjuicio de la forma de notificación legal. Regístrese y comuníquese y archívese. Nº 17.071-22.-
Texto Completo (Preview)
Santiago, nueve de junio de dos mil veintidós. Al escrito folio 41322: a lo principal: estese a lo que se resolverá; al otrosí: a sus antecedentes. Vistos: 1.- Que la parte demandante ha formulado recusación en contra del Ministro señor Carlos Gutiérrez Zavala y el Fiscal Judicial señor Óscar Viñuela Aller, de la Corte de Apelaciones de Temuco, fundada en la causal del numeral 14 del artículo 19
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